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Tomador

El tomador es una de las figuras clave en el sector asegurador. Lo podemos definir como la persona que decide contratar una cobertura concreta y específica, por lo tanto, es la que aparece como titular en la póliza. En la póliza vendrán sus datos y, además, es el responsable del pago y de la renovación de la prima, entre otras funciones.

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Obligaciones

El término parece sencillo, no obstante, el contratante tiene una serie de obligaciones que lo convierten en responsable civil contractual:

  • El titular de la póliza será el responsable de firmar la póliza y, por consiguiente, el responsable legal; sin la firma el seguro no tendrá validez.
  • El pago de las primas también corresponde al contratante y no al asegurado. La forma de pago que se elija ha de ser cumplida para que el seguro contratado pueda desplegar todos sus efectos.
  • Designar a los posibles beneficiarios de un seguro es otra de las obligaciones que tiene el titular de la póliza. Es una cuestión imprescindible para que la póliza entre en vigor. Se trata de elegir a aquellas personas que van a recibir la indemnización o la reparación en el caso de que se produzca la contingencia. En la práctica suelen ser los familiares o el cónyuge, no obstante, algunas compañías aseguradoras dan plena libertad a los tomadores para que elijan.
  • En determinados seguros se puede proceder a rescatar el seguro (recuperar el dinero). Es importante consultar las condiciones de la póliza, ya que puede variar según el tipo de seguro contratado. Por ejemplo, mientras que en los seguros de vida –ahorro este rescate se puede producir, en los seguros de vida-riesgo no es posible. Además de estas diferencias, hay que recordar que el rescate solo lo podrá realizar la persona que haya tomado el seguro, nunca el asegurado.

El titular de la póliza tiene, asimismo, la obligación de suministrar a la compañía toda la información que sea necesaria para conocer los riesgos reales del bien (por ejemplo, la edad de un asegurado en una póliza de vida o el estado de salud). Para ello, en muchas ocasiones se tiene que cumplimentar un formulario con información veraz y concreta. La falsedad e inexactitud de estos datos puede dar lugar a un delito y a que no se formalice la póliza. Este tipo de información es la que determinará la prima a pagar. 
 
Otra obligación notoria es que el tomador tiene que comunicar a la entidad el siniestro que se haya producido en un plazo de 7 días desde que este haya ocurrido, con todo el soporte documental que sea necesario.

Derechos

El primer derecho del titular de la póliza consiste en la información, es decir, puede solicitar toda la información que necesite a la compañía. 
 
Igualmente, puede renovar o rescindir la póliza, cumpliendo los plazos legalmente establecidos para ello. Otro de los derechos a tener en cuenta es la solicitud de peticiones o modificaciones a la aseguradora en cuanto a las cláusulas: cambiar a los beneficiarios, cambiar la modalidad de pago, modificar las coberturas, disponer de los recibos pendientes, etc. 
 
Por otro lado, el contratante tiene derecho a solicitar que el seguro contratado despliegue todos sus efectos y, por consiguiente, que la compañía le proteja en caso de que suceda la contingencia. 
 
Finalmente, es el titular de la póliza quien determina quién es el asegurado y el beneficiario. Estas dos figuras pueden coincidir en la titularidad o ser distintas según el tipo de seguro que se firme o según la elección del contratante. 
 
En conclusión, el tomador es el titular de una póliza de seguro suscrita con una entidad. Es la persona que tiene derechos y obligaciones con respecto a las contingencias que puedan surgir y, además, disfruta de una serie de beneficios que le aportan tranquilidad y comodidad. Por otro lado, nos gustaría reiterar que es importante conocer las diferencias entre el contratante, el asegurado y el beneficiario.

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