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Beneficiario

El beneficiario es uno de los elementos principales en la mayoría de los seguros. Cuando vamos a contratar el nuestro, resulta fundamental tener claro su significado; solo así podremos entender perfectamente la póliza prevista.

¿A qué se llama beneficiario de un seguro?

Básicamente, es la persona que recibe el dinero o los derechos establecidos en una póliza de seguros. Es una de las figuras que  la encarnan:

  • Asegurado Es el protagonista de las coberturas contratadas.
  • Tomador del seguro. Nos referimos a quien lo contrata, que no tiene la obligación de asegurarse a sí mismo. Por ejemplo, un padre puede contratar un seguro de salud para sus hijos.
  • Compañía aseguradora o de seguros. Es una organización que se dedica profesionalmente a comercializar y proporcionar estos recursos.
  • Perito. Se trata de un especialista encargado de valorar los daños y las consecuencias de un suceso.
  • Beneficiario. Quien recibirá la indemnización —es decir, los beneficios— si se produce el siniestro asegurado.

Consideraciones previas sobre los beneficiarios

Enumeramos a continuación algunos rasgos y circunstancias que caracterizan estos sujetos de un seguro:

  1.  La mayoría de los seguros incluyen en su redacción esta figura. Puede ser cualquiera que el tomador haya designado, incluso él mismo. El seguro de vida es el ejemplo más claro: si alguien fallece, otra u otras personas reciben lo pactado.
  2. Quien representa este rol es decisión del asegurado, quien debe comunicarlo en el momento mismo de contratar su seguro.
  3. Existe la posibilidad de modificar los beneficiarios siempre que se desee, incluso cuando la póliza ya ha sido dada de alta. La aseguradora no ha de dar su consentimiento al respecto, es una decisión ajena a él.
  4. Hay varias maneras de cambiarlos. La más habitual es hacerlo directamente en la póliza. Si embargo, una declaración escrita posterior o un testamento también sirven.
  5. La Ley de Contrato de Seguro es el marco legal aplicable, sobre todo sus artículos 83 y 84.
  6. Si los beneficiarios no han sido designados, esos derechos corresponden a los herederos —seguro de vida— o al mismo asegurado —en caso de invalidez—. El tipo de seguro determina esta cuestión.

¿Qué pasa cuando hay varios en una misma póliza?

Hemos de tener presente que, salvo declaración expresa en contra, todos obtendrán partes iguales. Si se trata de herederos, las cuotas hereditarias marcarán el reparto. Y si una parte no la recoge, el importe se añade al de los demás. Por último, el tomador siempre tiene la posibilidad de dejar por escrito los porcentajes del reparto aplicables.

Tipos de designación

Existen dos maneras de convertirse en beneficiario de un seguro:

  1. Designación expresa. El tomador concreta, con nombres y apellidos, quién o quiénes recibirán los derechos acordados.
  2. Designación tácita. Es la aplicación de la ley cuando no ha quedado designado ninguno. Entonces, corresponde este rol a los herederos legales.

¿Qué beneficios suelen recibir?

Aunque cada póliza tiene sus propias características, lo más frecuente es que los destinatarios de sus prestaciones reciban una de estas fórmulas:

  • Una cantidad única. Se trata de un importe, fijo o calculado según lo pactado, que se entrega de una sola vez a modo de indemnización.
  • Una renta periódica. En este caso, se va entregando mensualmente una cantidad acordada, hasta que termina el periodo definido.
  • Derechos específicos. Se relacionan con el uso, la posesión y el disfrute de objetos materiales o de entidades. Por ejemplo, dirigir una empresa.

Llegados a este punto, la figura del beneficiario ha quedado definida y aclarada. Antes de firmar un seguro de cualquier tipo, hemos de constatar que las personas designadas son, exactamente, las que nosotros queremos.

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