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Exclusión de riesgos

La exclusión de riesgos en un seguro es uno de los aspectos más importantes que se han de tener en cuenta en el momento de la contratación. En este artículo explicamos qué son, las características y algunos ejemplos prácticos.

¿Qué es la exclusión de riesgos?

La eliminación de riesgos es una parte muy importante en el clausulado de una póliza. Se trata de los riesgos que no están cubiertos por la compañía aseguradora y, por consiguiente, tampoco serán indemnizados si el suceso ocurre. Son excepciones que, en un principio, esperamos que las cubra el seguro, pero en la póliza no vienen incluidas. Por ello, antes de firmar recomendamos lo siguiente:

  • Coberturas. Hay que elegir específicamente las coberturas que necesita el hogar en función de una serie de características, tales como antigüedad, estructura, etc.
  • Capitales asegurados. Hay que determinar correctamente el contenido del continente y, además, asegurar la responsabilidad civil en una cantidad elevada.
  • Objetos valiosos. Es necesario determinar cuáles son los objetos valiosos que se guardan y poder demostrar su valor.

¿Seguro a todo riesgo?

Tener exclusión de riesgos en una póliza de seguro es lo más habitual, no obstante, se tiende a pensar que para contrarrestar esta opción es mejor contratar un seguro a todo riesgo. Nosotros no recomendamos esta opción, ya que el seguro a todo riesgo no cubre todos los riesgos como se suele creer.

Dar positivo en alcohol o drogas, participar en un rally, tener la ITV caducada o la omisión del deber de socorro son solo algunos ejemplos de riesgos que tampoco son asumidos en un seguro completo y, por lo tanto, siempre estarán excluidos en una póliza.

Ejemplos de exclusión de riesgos

La eliminación de riesgos siempre dependerá de la póliza contratada o del tipo de seguro. No obstante, las más habituales son las siguientes:

  • Drogas. En el caso de tener un accidente o siniestro bajo los efectos de las drogas (alcohol, estupefacientes, etc.) la compañía aseguradora no se hará cargo de los desperfectos y, además, no indemnizará. Tampoco se recibirá asistencia jurídica.
  • Daños propios. Si se han realizado daños o desperfectos en el seguro por acción del conductor, el seguro tampoco lo cubrirá. Esta práctica es muy habitual, con la intención de engañar a la entidad aseguradora. No obstante, si se comprueba que los daños han sido ocasionados intencionadamente no se iniciará ninguna acción de reparación o de reembolso por la entidad.
  • Desastres naturales. Generalmente, los desastres naturales (inundación, volcán, tornado...) no son cubiertos por las compañías de seguros, ya que de este tipo de reembolsos se encarga el Consorcio de Compensación de Seguros. No obstante, con el paso de los años las entidades han tomado conciencia y ya lo incluyen en la oferta de sus pólizas. Lo mismo ha sucedido con la pandemia, ya que prácticamente todas las pólizas no incluían estas previsiones en su momento dada la improbabilidad de que sucediera.
  • Peso. Si el peso máximo autorizado o las personas que son transportadas en el interior de un vehículo sobrepasan lo permitido, el seguro no se hará cargo de la reparación y abono de costes.
  • Robo o hurto. Los daños que se ocasionen sobre el automóvil y terceras personas a consecuencia del robo o hurto del vehículo tampoco son cubiertas por la compañía. Es una de las exclusiones más importantes, la que más casos tiene y la que más polémica ha generado.

En resumen, la exclusión de riesgos es una de las partes más importantes apara tener en cuenta en el momento de la contratación de la póliza. Por ello, es importante leerlas detenidamente para verificar si se ajustan a las necesidades y preferencias de cada uno.

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