La acción subrogatoria es un derecho que tienen las compañías aseguradoras frente al pago de la indemnización de un accidente o siniestro.  

Está regulada en el artículo 43 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro y en el artículo 2489 del Código Civil español.  

 

¿Qué quiere decir subrogatoria? 

Cuando un asegurado tiene un siniestro por el cual debe ser indemnizado, la compañía aseguradora está obligada a pagar la cantidad que le corresponde percibir. Pero una vez se ha llevado a cabo el pago de dicha indemnización, es cuando la aseguradora pone en funcionamiento la acción subrogatoria, es decir, cuando reclama a las personas responsables del siniestro que hagan frente a sus obligaciones de pago hasta cubrir el límite de la indemnización.  

Es importante que para que esto se cumpla, estén  recogidas y firmadas las condiciones particulares de la póliza. 

 

Ejemplo de acción subrogatoria 

 

Un claro ejemplo de acción subrogatoria en seguros sería, por ejemplo, si se produce un accidente.  

La persona afectada recibe el tratamiento médico pertinente en relación a las lesiones que ha sufrido, y los gastos de la asistencia y el tratamiento son sufragados por la compañía aseguradora con la que el paciente tiene contratada su póliza de seguros.  

Pero, una vez se ha completado todo el proceso y el paciente recibe el alta médica referenciada a los problemas médicos derivados del accidente, la compañía aseguradora del paciente es cuando inicia la acción subrogatoria contra la aseguradora del contrario o la propia persona, en el caso de que esta última no tuviera seguro. Para ello presentará todas las facturas derivadas de la atención médica y así reclamará la cantidad indemnizada hasta el límite del monto total.  

 

¿Qué implica una subrogación? 

 

Una acción subrogatoria implica que el asegurado pueda recibir la asistencia, tratamiento e indemnizaciones que tiene contratadas sin perjuicio de tiempo o que la parte contraria se declare insolvente. Mientras que la compañía aseguradora, después de sufragar los gastos, será quien se encargue de llevar a cabo las reclamaciones oportunas a la persona que ha provocado el siniestro o su aseguradora.  

En el caso de que los pagos deban hacerse al beneficiario, el procedimiento sería el mismo y, ante la pregunta de ¿a qué se llama beneficiario de un seguro?, la respuesta es sencilla. Puesto que es aquel o aquella persona que por orden del tomador del seguro, que es quien contrata la póliza, debe recibir las indemnizaciones pactadas.  

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