Fallecimiento
Fallecimiento por cualquier causa.
¿Qué se entiende por accidente?
Se entiende por accidente todo acontecimiento externo, súbito y violento, ajeno a la voluntad del Asegurado.
¿Qué se entiende por accidente simultáneo?
Se considerarán simultáneos si ambos fallecimientos se producen dentro de un intervalo de tiempo máximo de 365 días, y en todo caso, a causa de un mismo accidente. En ningún caso, se considerará accidente el infarto de miocardio o enfermedad cerebro-vascular, aunque sea considerado accidente laboral por la autoridad legal competente.
¿Qué cubre esta garantía?
Si se produce el fallecimiento del Asegurado y su cónyuge o pareja de hecho legalmente reconocida, en el caso de Aegon Vida Flexible, o de ambos Asegurados en el caso de Aegon Vida Dúo, Aegon pagará a los Beneficiarios una suma igual al 100% del capital contratado para la garantía de fallecimiento, El total será, por tanto, la suma del capital por fallecimiento y el de esta garantía.
Por ejemplo, en caso de tener un capital principal asegurado de 50.000€, en caso de fallecimiento accidente simultáneo sus beneficiarios recibirán 50.000€ (principal) + 50.000€ (accidente simultáneo) = 100.000€
¿Qué no cubre esta garantía?
Consideración especial: infarto de miocardio y enfermedad cerebro-vascular se consideran enfermedades, no accidente.
Fallecimiento por cualquier causa.
Capital asegurado: ya sea por enfermedad (física o mental) o accidente.
Doble del capital de la cobertura por fallecimiento
Fallecimiento por infarto de miocardio o accidente cerebrovascular, capital asegurado de 25.000€
Atención psicológica presencial en procesos de duelo o pérdida de salud.
Servicio de Asesoramiento jurídico completo
Servicio que ofrece apoyo ante cualquier duda o problema de salud que te afecte a ti o a tu familia
Capital asegurado en caso de detección de cáncer o carcinoma in situ que se origina Cérvix uterino, ....
Capital asegurado en caso de cáncer masculino (pene, próstata y testículos)