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Regla de equidad

La regla de equidad en seguros es la regulación de la indemnización que la compañía aseguradora lleva a cabo cuando se produce un siniestro y se detecta que las primas pagadas por los riesgos que se habían declarado, asociados al bien asegurado, son inferiores a las que se deberían haber pagado si se hubieran declarado los riesgos reales.

¿Cómo se calcula la regla de equidad?

La Ley 50/1989 de Contrato de Seguro, en su artículo 12, es la que regula cómo se calcula y aplica la regla de equidad en los seguros.

En esta ley se tiene en cuenta la falta de comunicación, por parte del asegurado, de los cambios e incrementos de los riesgos asociados al bien asegurado.

Para calcular la regla de equidad en la indemnización a pagar por la compañía aseguradora ante un siniestro, se tiene en cuenta la siguiente fórmula matemática:

  • Importe por los daños producidos X la prima pagada / la prima teórica del riesgo real.

Los daños producidos son la indemnización que correspondería abonar al asegurado en el caso de que las coberturas contratadas hubieran sido correctas en función de los riesgos reales.

La prima pagada es la cantidad de las cuotas que se han pagado desde el momento de la contratación hasta el momento en el que se ha producido el siniestro.

Y la prima teórica del riesgo real es la cantidad total que el asegurado debería haber pagado en las primas si se hubieran notificado correctamente los riesgos del bien asegurado.

¿Cuándo se aplica la regla proporcional en seguros?

La regla proporcional en seguros, o regla de equidad, según lo que dictamina la Ley de Contrato de Seguro, se aplica cuando sucede un siniestro sobre un bien asegurado y la compañía aseguradora detecta que los riesgos comunicados son inferiores a los reales y, como consecuencia, las primas que el asegurador ha estado pagando hasta el momento del siniestro, son inferiores a las que debería haber pagado.

Teniendo en cuenta esto, la ley establece dos formas de proceder por parte de la aseguradora:

  • Si la falta de comunicación del aumento de los riesgos asociados al bien asegurado es consecuencia de un acto de mala fe por parte del asegurado, y así se puede demostrar, el tomador del seguro no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de indemnización a la compañía aseguradora.
  • Si la falta de comunicación del aumento de los riesgos asociados al bien asegurado se ha producido sin intención o debido a un error fortuito, se aplicará la fórmula matemática establecida a tal efecto, en la que se reducirá proporcionalmente la indemnización a pagar, en función de las primas pagadas y las primas que deberían haberse pagado si se hubieran comunicado los riesgos reales asociados al bien asegurado.
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