¿Cómo cobrar un seguro de vida?

Los pasos para saber cómo cobrar un seguro de vida son iguales para todas las personas y en todas las aseguradoras. Lo primero es saber si se es beneficiario de algún seguro de vida, cuáles son los plazos para reclamar su indemnización, cuáles son los requisitos y qué gestiones hay que tramitar.

 

Requisitos para cobrar un seguro de vida

El primer paso tras el fallecimiento de un ser querido es saber si éste tenía contratado algún seguro de vida y, sí es así, quién o quiénes son los beneficiarios.

Para poder saberlo con certeza, hay que acudir al Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, que depende del Ministerio de Justicia, y hacer allí la consulta pasados los 15 días desde el fallecimiento. Para ello, es necesario presentar el certificado de defunción y el DNI. La respuesta a la solicitud tardará, como mucho, siete días desde el momento de su tramitación.

Una vez se recibe la respuesta, en el caso ser beneficiarios de una o varias pólizas de vida, es necesario ponerse en contacto con la compañía aseguradora donde se contrató la póliza y notificar la defunción de la persona titular. Y, tras ello, tramitar la solicitud para cobrar el importe de la indemnización que la persona fallecida tenía contratado.

 

Documentación para cobrar un seguro de vida

A la solicitud de cobro de indemnización de la póliza del seguro de vida, también se deben añadir los siguientes documentos:

  • Certificado médico en el que se indiquen las causas y motivos del fallecimiento
  • Certificado de defunción del asegurado
  • Certificado de Últimas Voluntades
  • Copia del último testamento o si no existe testamento, ni Beneficiarios designados en la póliza, declaración de herederos.
  • Liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones
  • Número de póliza del seguro de vida
  • Fotocopia del DNI en vigor de las personas beneficiarias y del Asegurado fallecido
  • Certificados de titularidad de las cuentas de los beneficiarios
  • En el caso de que el beneficiario sea el cónyuge, se deberá presentar también el certificado de matrimonio
  • Si los beneficiarios son los hijos de la persona fallecida, deberán presentar el libro de familia

Estos son los documentos más comunes pero cada compañía aseguradora puede solicitar aquellos que considere necesarios para poder tramitar el pago de la indemnización acordada en la póliza del seguro de vida.

 

¿Cuántos seguros de vida puedo cobrar?

Según la legislación vigente en el año 2022, se pueden cobrar varios seguros de vida, tantos como el asegurado tuviera contratados a su nombre. Por tanto, no hay un límite y el beneficiario o los beneficiarios pueden cobrarlos todos de golpe o simultáneamente.

Además, es posible que la persona tuviera varios seguros de vida pero los beneficiarios no fueran en todos ellos las mismas personas, así que de igual manera debería consultarse al Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento para saber cuántos seguros de vida hay y de cuáles se es beneficiario.

Desde el momento en el que se inicia la solicitud de cobro y se presenta toda la documentación exigida por la compañía aseguradora, el pago de la indemnización puede demorarse hasta los tres meses por ley.

Por el contrario, cuando una persona fallece, los beneficiarios cuentan con un plazo máximo de cinco años para poder reclamar la indemnización sin que ésta prescriba y, dicho plazo, puede quedar interrumpido debido a reclamaciones extrajudiciales como burofax, cartas certificadas o emails.

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