Requisitos para un seguro de vida

Un seguro de vida es una póliza que el tomador contrata para poder garantizar las coberturas necesarias en caso de invalidez o defunción del asegurado. Es un servicio muy extendido y valorado por la población y es necesario cumplir con una serie de requisitos para contratar un seguro de vida.

 

Requisitos para la contratación de un seguro de vida        

Antes de contratar un seguro es imprescindible valorar las diferentes opciones disponibles en el mercado, la seguridad y trayectoria de las compañías que los ofrecen, sus garantías, las cuotas y comprobar los requisitos para la contratación de un seguro de vida.

Por norma general, los requisitos suelen ser:

  • Nombre completo del tomador del seguro y de la persona asegurada.
  • Fotocopia del DNI.
  • Solicitud para contratar el seguro.
  • Rellenar un cuestionario de salud en el que se respondan con sinceridad todas preguntas que en él aparezcan. Este punto es imprescindible puesto que la compañía aseguradora debe conocer cuál es el estado de salud de la persona que se quiere asegurar y así poder valorar el riesgo que debe asumir en caso de proceder a asegurarlo. Y, además, a raíz de él poder adaptar el coste de las cuotas.
  • Si fuera preciso, someterse a un reconocimiento médico por parte del asegurado.
  • En el caso de ser requerido por la aseguradora, someterse a otras pruebas o cuestionarios complementarios para valorar estricta y correctamente el estado de salud del candidato a asegurar.

 

¿Quién puede contratar un seguro de vida?

En España, cualquier persona mayor de edad puede contratar un seguro de vida.

Si el tomador no coincide con la persona a la que se quiere asegurar, uno de los requisitos para el seguro de vida es contar con un consentimiento escrito expreso del asegurado para que la póliza sea válida.

Si se trata de una persona mayor de 60 años, puesto que la edad es un elemento imprescindible para la evaluación de los riesgos del seguro de vida, puede que sea más complicado contratarlo, aunque muchas compañías amplían la cobertura hasta los 70 o más años.

Si el asegurado realiza actividades o tiene una profesión de riesgo, la compañía deberá valorar si asume el riesgo de asegurarlo, y el coste, o no. O, por ejemplo, en el caso de que la persona sufra de algún tipo de enfermedad grave el procedimiento será similar, puesto que los riesgos a asumir serán mucho más elevados.

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