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Salud y dental

¿Cubre el seguro médico privado al bebé recién nacido?

Los seguros de salud privados tienen ciertas coberturas que, en algunos casos, muchos asegurados desconocen. Como, por ejemplo, es el caso de la cobertura del seguro para bebé recién nacido, que está incluida en los seguros de las madres desde las primeras 24 horas hasta los 30 días desde el nacimiento en Aegon.

 

Seguro bebé

En España son muchas las mujeres en edad fértil que optan por la contratación de un seguro privado de embarazo, es decir, un seguro médico ante la posibilidad de quedar embarazada. Estas pólizas, por norma general, tienen un periodo de carencia que varía entre los 8 y los 10 meses, pero una vez pasado este plazo de tiempo, cuentan con asistencia sanitaria durante todo el embarazo, parto y post parto.

Pero, además, y aunque muchas personas lo desconocen, el seguro de salud cubre a los bebés durante un determinado tiempo, incluyéndolo en la póliza de la madre si esta ha tenido el hijo a través del seguro.

Este tiempo de cobertura va de 24 horas a 30 días. En nuestro caso, con el seguro de salud Aegon, cubrimos al máximo, durante los 30 primeros días tras el nacimiento para que así los padres puedan estar tranquilos.

Esto supone una gran ventaja para las familias ya que no necesitarían contratar un seguro médico para bebés, ya que, gracias a la Póliza de la madre, la aseguradora proporcionará los cuidados médicos que el recién nacido necesite.

Seguro médico embarazo y parto

El seguro médico privado Aegon cubre los gastos derivados de la maternidad (embarazo y parto o cesárea) y cualquier tipo de asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria derivados de:

  • Parto o cesárea: Incluye el tratamiento del ginecólogo obstetra y/o la matrona en ingreso hospitalario durante el proceso de embarazo y/o parto; y el nido y/o la incubadora para el recién nacido durante su internamiento hospitalario.
  • Preparación al parto: Asistencia impartida en cursos de preparación que incluye los ejercicios físicos de relajación y de simulación de los periodos de dilatación y expulsión al parto.
  • Tocología.

También incluye las siguientes coberturas adicionales:

  • La anestesia epidural.
  • El neonato queda amparado por las garantías de la Póliza de la madre durante sus primeros 30 días naturales de vida, siempre que el parto se haya prestado dentro de la cobertura de la Póliza. En caso de que el parto haya sido autorizado y realizado por medios de la Compañía, podrán ser incluidos en la Póliza de la madre con la misma cobertura sin aplicación de carencias y cubriendo las enfermedades congénitas y demás enfermedades preexistentes, para lo cual el Tomador deberá comunicar a Aegon el nacimiento en los 30 días naturales siguientes, cumplimentando una Solicitud de seguro.

Transcurrido el periodo de 30 días tras el nacimiento, si el neonato no ha sido dado de alta en la Póliza, cualquier solicitud de inclusión posterior requerirá de declaración de salud, aplicará carencias y estará sujeto a las normas de contratación de Aegon.

  • La amniocentesis precoz en los embarazos de riesgo y previa autorización de Aegon, siempre que sea prescrita por un médico. Se define como embarazos de riesgo:
    • Aquellos en los que exista un defecto cromosómico comprobado en uno de los padres (el coste de tal estudio será a cargo del Asegurado) o en un embarazo anterior. Tales circunstancias deberán ser acreditadas por la Asegurada, en su caso, mediante el correspondiente informe médico.
    • Los producidos en Aseguradas de entre 33 y 35 años siempre que aporten un informe médico emitido por un tocoginecólogo concertado por Aegon que acredite el mismo.
    • Y en todo caso los producidos en Aseguradas mayores de 35 años.

 

Condiciones para que el recién nacido esté cubierto por la póliza de la madre

 

Uno de los principales requisitos para que el seguro de salud dé cobertura al bebé es que la madre hubiera contratado su póliza antes del embarazo y respetando los tiempos de carencia. Si esto no es así, la madre no tendría acceso a la cobertura del embarazo ni del parto y, por tanto, a la atención sanitaria privada del bebé tampoco.

Pero si la contratación se hubiera llevado a cabo respetando todos los plazos acordados, otra condición indispensable es que el parto se lleve a cabo en un centro de salud concertado con la compañía aseguradora y que, por tanto, se utilice el seguro privado para llevar a cabo el nacimiento.

Cumpliendo con estas premisas, tanto el bebé como la madre recibirán la asistencia sanitaria contratada.

A posteriori, puedes contratar un seguro familiar médico. Una póliza única cuya finalidad es cubrir la asistencia médica completa y de calidad para varios asegurados. Toda la familia podrá acceder a un amplio cuadro médico con más de 50.000 especialistas y 1.000 clínicas. Además, toda tu familia podrá disfrutar de coberturas especiales.

Trámites para incluir en el seguro médico al bebé

Para saber más información acerca de los trámites que requiere la inclusión del bebé en el seguro médico, ponte en contacto con tu agente o mediador, o a través del servicio de Atención al Cliente de Aegon, en los teléfonos 91 563 20 00 o 900 159 000.

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