Tipos de seguros colectivos existentes

Los seguros son contratos que se suscriben con una compañía aseguradora para que, en el caso de que el asegurado sufra un siniestro o accidente, la compañía indemnice el daño o aporte el capital en forma de pago o renta.

Pero cuando hay un grupo de personas con los mismos intereses o necesidades y todas ellas forman parte, por ejemplo, de una misma empresa que ha suscrito un contrato colectivo para sus empleados, los trabajadores pueden sumarse a él para beneficiarse de las garantías.

Existen diferentes tipos de seguros colectivos destinados a cubrir a las personas que forman parte de los diferentes colectivos; de vida, de salud, de accidentes…

 

¿Qué es un seguro colectivo?

Un seguro colectivo es un tipo de seguro que engloba, en un mismo contrato, las coberturas para un grupo de personas que están vinculadas entre sí por un interés común. Generalmente, los seguros colectivos con contratados por empresas para ofrecer a los empleados beneficios sociales. Además, este tipo de seguros colectivos pueden tener importantes ventajas fiscales para la empresa y los empleados.

 

Ventajas del seguro colectivo

 

  • Los diferentes tipos de seguros colectivos pueden ofrecer la posibilidad de que los asegurados colaboren en las aportaciones, lo que hace que sus prestaciones aumenten.
  • Las prestaciones, en función del seguro contratado, pueden cobrarse en forma de capital o de renta.
  • Pueden diseñarse en función de las necesidades de cada colectivo.
  • Las primas son más bajas que las de una póliza individual.
  • Pueden incluir coberturas por jubilación, fallecimiento e invalidez, así como pensiones de viudedad o de orfandad.
  • No suelen requerir reconocimiento médico.
  • Ventajas fiscales para empleados y empresa.

  

Tipos de seguros colectivos

Existen diferentes tipos de seguros colectivos pero los más frecuentes son:

 

  • Seguros colectivos de salud

Los seguros colectivos de salud, como los particulares, ofrecen el acceso a sus asegurados al sistema sanitario privado. La contratación de este tipo varía en función de los requisitos que solicite la compañía aseguradora que lo va a llevar a cabo, pero, por norma general, está condicionado a que se suscriban un número mínimo de empleados.

 

  • Seguros colectivos de vida

 

Los seguros colectivos de vida garantizan indemnizaciones en caso de fallecimiento o invalidez de la persona asegurada. Este tipo de seguro se renueva anualmente y suele condicionar la edad de los asegurados hasta un máximo de 65 o 70 años.

 

  • Seguros colectivos de jubilación

Pueden ser financiados íntegramente por la empresa o en colaboración con los trabajadores durante toda la vida laboral de los mismos. Y, llegado el momento de la jubilación, ofrecen una renta vitalicia o temporal en forma de primas únicas o periódicas.

 

  • Seguros colectivos de accidentes

Este tipo de seguro colectivo está destinado a cubrir los riesgos comunes que tienen todos los empleados que ejercen una misma actividad, con unos riesgos en concreto, al llevar a cabo su actividad empresarial diaria. Suelen cubrir fallecimiento o invalidez, pero también se pueden ampliar las coberturas y añadir otras como incapacidad temporal, un importe diario asegurado en caso por hospitalización, asistencia en viaje…

 

  •  Planes de previsión social

Los planes de previsión social son un método de ahorro colectivo que, en caso de causar baja por jubilación, invalidez o fallecimiento, suponen un ingreso extra a los que ofrece la Seguridad Social.

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