¿Puedo cambiar de seguro de vida si está vinculado a la hipoteca?

La ley en España permite elegir y cambiar la compañía del seguro de vida que está ligado a la hipoteca de una vivienda.

En muchas ocasiones, las entidades financieras solicitan u ofrecen un seguro de vida que cubrirá los gastos de la hipoteca en caso de fallecimiento. De forma habitual, animan a su contratación con los propios seguros que ellos comercializan a cambio de una rebaja en el tipo de interés del préstamo hipotecario.

Según la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (“Ley de crédito inmobiliario”), ninguna entidad financiera, puede obligar a la contratación de un seguro de vida vinculado a una hipoteca. Sí pueden aconsejarlo por el bien de sus clientes y, en el caso de que ya lo tengan, cambiar de compañía aseguradora libremente en el momento del vencimiento.

Por tanto, cambiar el seguro de vida de la hipoteca que ya se tiene contratado sí es posible y está avalado por la ley.

 

El seguro de vida y la hipoteca

Desde Aegon Seguros, sugerimos a todos nuestros clientes que ante la contratación de un seguro de vida vinculado a la hipoteca, primero analicen y comparen las diferentes opciones disponibles, para decidirse por la que más les convenga. Los seguros de vida son una muy buena opción para protegerse ante los riesgos de una hipoteca. Y es que el objetivo de este tipo de pólizas es acabar con la deuda pendiente en caso de fallecimiento o invalidez del titular.

Las entidades financieras suelen animar a sus clientes a llevar a cabo la contratación de un seguro de vida comercializado por ésta a cambio de una rebaja en el tipo de interés del préstamo. Pero esta no tiene por qué ser la mejor opción para el cliente, y de ahí nuestra propuesta de comparar las diferentes opciones disponibles en el mercado antes de tomar la decisión final.

 

¿Puedo cambiar el seguro de vida si lo tengo con el banco? ¿Puede negarse el banco?

Cambiar el seguro de vida de la hipoteca es posible siempre y cuando se notifique al banco el deseo de no renovar la póliza. Esta notificación, donde consten los datos del tomador, número de póliza y firma, deberá ser remitida al banco por escrito con un mes de antelación al vencimiento de la póliza.

El cliente puede escoger el seguro de vida que considere más ventajoso para sus intereses, ya sea con la misma entidad o con la compañía aseguradora que escoja. La libre elección depende de él, de sus análisis y de su mejor interés.

 

¿Puedo tener una hipoteca y no tener seguro de vida?

Sí es posible tener una hipoteca y no tener un seguro de vida. Y es una decisión que tiene que tomar cada cliente tras analizar los pros y los contras. En Aegon Seguros te sugerimos que lleves a cabo la contratación de un seguro de vida vinculado a la hipoteca. Y es que, en caso de fallecimiento o invalidez del titular del préstamo, el seguro asume el desembolso, a menudo total, de las cuotas pendientes del préstamo (todo ello, conforme a las condiciones de la póliza). Se protege así el patrimonio de la persona y, eventualmente, de la unidad familiar, impidiendo que se vea gravemente lesionado por la necesidad de hacer frente a las necesidades del préstamo.

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