¿Qué cubre un seguro de hogar para inquilinos?

El seguro de hogar para inquilinos ofrece coberturas por robo, incendio, responsabilidad civil, daños por agua, eléctricos, asesoramiento jurídico y sobre el contenido. Aunque en función de las necesidades de cada asegurado, las coberturas pueden ser mucho más amplias.

Además, no todas las compañías tienen las mismas coberturas, así que antes de contratar la póliza, es importante tener claro qué se quiere contratar, qué cubre y qué no está cubierto.

¿Qué es un seguro de hogar para inquilinos?

El seguro de hogar para inquilinos es muy similar al seguro de hogar para propietarios. Es decir, las coberturas son las mismas y la intención de su contratación también, salvo que en el seguro de los inquilinos se puede prescindir de la contratación para asegurar el continente, aumentar las coberturas para el contenido y, además, ampliar la póliza con aquellas coberturas que sean de interés para el tomador del seguro. Como, por ejemplo, cobertura frente a reclamaciones del propietario y reclamación de fianzas.

El objetivo del seguro de hogar para inquilinos es, por tanto, conseguir cobertura para los bienes que se tienen en el hogar y estar protegidos contra la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceras personas garantizando así la estabilidad económica del asegurado, gracias a la responsabilidad civil.

¿Qué puedo asegurar en un seguro de contenido para inquilinos?

Una de las principales ventajas del seguro para inquilinos es que se puede obviar la contratación de las coberturas destinadas al continente y aumentar las coberturas para el contenido.

El contenido es todo aquello que está dentro del hogar y que no forma parte de la estructura de la vivienda. Por lo tanto, los bienes que se encuentran en el interior pueden ser asegurados en función de lo que cada uno tenga en él. Desde muebles, ordenadores, televisores y otros tipos de electrodomésticos, hasta joyas y obras de arte si se tuvieran.

¿Qué es lo que no cubre el seguro de hogar?

El seguro del hogar no cubre, por norma general, la defensa del asegurado en caso de desahucio ni ningún tipo de compensación por este acto.

Tampoco están cubiertos los daños que ocurran a los objetos que están en el exterior, a no ser que se haya ampliado la cobertura.

¿Es obligatorio tener un seguro de hogar para inquilinos?

No, no es obligatorio contratar un seguro de hogar para inquilinos, aunque es muy recomendable para, por lo menos, contar con la seguridad de una responsabilidad civil que cubra cualquier daño que se pueda provocar a terceros, así como para proteger bienes personales valiosos.

La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos es la que regula este punto, y en ella se da total libertad al propietario y al inquilino para que lleguen a los acuerdos que sean pertinentes sobre el seguro del hogar.

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