¿Qué pasa si cancelo un seguro antes de que entre en vigor?

Es posible cancelar un seguro antes de que entre en vigor siempre y cuando no se superen los 14 días naturales desde el momento en el que fue contratado por teléfono o de forma online o bien, si se trata de un seguro de vida, 30 días desde que se recibe la documentación.

Una vez cancelada la póliza, el asegurado dejará de tener las coberturas ofrecidas por la compañía aseguradora, haciéndose cargo él mismo de todo cuanto pueda sucederle.

 

¿Se puede cancelar un seguro antes de que entre en vigor?

Sí, es posible cancelar un seguro antes de que entre en vigor siempre y cuando se notifique a la otra parte la intención de cancelación respetando los tiempos establecidos legalmente. A esto se le llama derecho de desistimiento y está recogido y regulado en el artículo 68 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.

La ley avala al consumidor para que pueda disolver su contrato de seguro de vida en el artículo 83 a de la Ley de Contrato de Seguro y en el caso de los seguros contratados telefónicamente o de forma online, bajo la regulación de la Ley 22/2007, artículo 10 y 11, sobre comercialización a distancia de los servicios destinados a los consumidores.  

Pero, en ambos casos, hay unos plazos que deben respetarse. Por un lado, 14 días naturales desde el momento de la contratación si ésta se hizo telefónicamente o vía online, y 30 días desde el momento de la contratación para seguros de vida, decesos y ahorro.

 

¿Cómo anular una póliza de seguro?

Para saber cómo anular una póliza de seguro hay que recurrir al propio contrato, mirar la fecha de vencimiento y notificar a la aseguradora con un mes de antelación la intención de cancelación. Esto en el caso de que las coberturas del seguro ya estén en vigor.

En el caso de que todavía no hubiera entrado en vigor, se deberá notificar inmediatamente a la aseguradora la intención de rescindir el contrato.

En ambos casos, es necesario que quede constancia por escrito de la solicitud de cancelación, por escrito, a través de un burofax, por correo electrónico o mediante un formulario web.

 

 

¿Cuándo puedo cancelar un seguro?

Todos los seguros tienen una vigencia mínima de una anualidad, pero existen ciertas excepciones que permiten cancelar un seguro antes del vencimiento.

Las excepciones para cancelar un seguro son:

  • Si la contratación del seguro se ha llevado a cabo a través de internet o por teléfono, con un plazo máximo de 14 días naturales desde su contratación.
  • Con un plazo máximo de 30 días para los seguros de vida, ahorro y fallecimiento desde la contratación.
  • En el caso de que la aseguradora modifique alguna o varias de las condiciones de la póliza, avisando con un mes de antelación.
  • Si la compañía reduce el riesgo del asegurado éste tiene 15 días para solicitar la baja del seguro.
  • Si se ha contratado un seguro por un tiempo determinado, ya sea de un día, dos, una semana, un mes, etcétera.
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