¿Cuál es la diferencia entre seguros de decesos y vida?

Existen ciertas dudas en referencia a qué es el testamento vital que vamos a resolver a continuación.

El testamento de voluntades anticipadas, o testamento vital, es un documento en el que la persona interesada deja constancia por escrito de cuál es su voluntad ante posibles tratamientos médicos que se le puedan practicar, o no, si llega el momento en el que se vea impedida para poder expresar su decisión. Y, también, sirve para dictar cuáles son sus voluntades en referencia al destino de su cuerpo u órganos una vez haya fallecido.

Ante la presencia de un testamento vital el personal sanitario deberá atender a las voluntades del mismo. Sin seguir las indicaciones de los familiares si éstas no coinciden con las descritas en el documento.

 

¿Cómo hacer el testamento vital? 

Para saber cómo hacer un testamento vital en España hay que recurrir a la Ley 14 de 2002, reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones, ampliada posteriormente por el Real Decreto 124 de 2007 y la Orden 2823 del mismo año.

Además, las diferentes Comunidades Autónomas han creado, también, normativas regales al respecto que ofrecen información y formularios en los que se ofrece guía al usuario.

Generalizando, existen básicamente tres formas posibles para poder hacer un testamento vital:

  • Ante notario
  • Ante el propio personal del Registro Autonómico
  • Ante la presencia de 3 testigos que deben firmar el escrito. De los 3, dos de ellos no pueden ser padres, hijos, tíos o sobrinos y, además, no pueden tener relación económica con la persona que está llevando a cabo su testamento vital.

¿Cuáles son los requisitos para hacer un testamento vital?

Para saber cómo hacer un testamento vital hay que entender que la persona interesada debe cumplir con tres requisitos imprescindibles:

  • Estar en pleno uso de las facultades mentales
  • Llevar a cabo el testamento vital sin coacciones y, por tanto, poder expresar sus voluntades libremente
  • Ser mayor de edad. Aunque, en el caso de tener entre 16 y 18 años el requisito es estar emancipado legalmente
  • Y, por supuesto, dejarlo por escrito. 

¿Qué se puede incluir en un testamento vital? 

Dónde hacer el testamento vital no interfiere en el contenido que se puede incluir en él.

Éste es el siguiente: 

  • Incluir los posibles cuidados o tratamientos médicos que se quieren recibir, o no, llegado el momento de sufrir una enfermedad irreversible. Conexión a máquinas, tratamientos quirúrgicos, medicamentos, calmantes… 
  • Permitir, o no, el uso del cuerpo para llevar a cabo tratamientos experimentales 
  • Asignar a un representante que, llegado el momento, indique al equipo médico de la existencia de un testamento vital y vele por que se cumplan con las voluntades expresadas. Así mismo, este representante deberá abogar por su cumplimiento si los deseos de los familiares son contrarios al documento, llegando incluso a iniciar un proceso judicial rápido si fuera necesario. 
  • Dejar constancia de si se desea, o no, donar el cuerpo a la ciencia o ser donante de órganos y, en éste caso, de cuáles. 
  • Si se produce el fallecimiento, dejar constancia de si se desea ser enterrado o incinerado. 
  • Y, además, se pueden incluir todas aquellas consideraciones que se crean necesarias, siempre y cuando éstas no sean contrarias a las leyes actuales ni vayan en contra de la buena práctica clínica. 

 

Modelos y ejemplos de testamento vital 

El Ministerio de Sanidad del Gobierno de España ha creado un registro autonómico con todos los datos necesarios para que cualquier persona pueda llevar a cabo su testamento vital en función de la comunidad en la que se encuentre. En dicho registro, se pueden encontrar modelos de ejemplo para poder desarrollarlo.

El testamento vital se debe inscribir en el Registro de Instrucciones Previas de tu Comunidad Autónoma, dependiente de la Consejería de Sanidad.

Además, existe un Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), donde se depositan todos los documentos remitidos por los registros autonómicos.

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