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¿Cuál es el plazo de rescate del plan de pensiones por fallecimiento?

Ante el fallecimiento del titular de un plan de pensiones, son los beneficiarios establecidos por el titular, o en su defecto, el cónyuge no separado legalmente, los hijos a partes iguales o los herederos, quienes recibirán el dinero ahorrado y los rendimientos, si los hubiera, del mismo.  Pero es importante saber que existe un plazo de rescate del plan de pensiones por fallecimiento que debe cumplirse, y que una vez solicitado el rescate del capital, serán los beneficiarios quienes deberán pagar los impuestos que correspondan.  Los planes de pensiones y los seguros de vida son de gran ayuda para la economía familiar si el titular de éstos fallece. Y, aunque no son obligatorios, si son muy recomendables para todas las personas, independientemente de la edad que tengan.    ¿Cuándo se puede rescatar un plan de pensiones heredado?  Para saber cuál es el plazo de rescate del plan de pensiones por fallecimiento es prioritario recurrir al contrato del mismo y mirar las especificaciones y condiciones, pues el plazo puede variar en función de la compañía aseguradora con la que se haya contratado.   De todos modos, por norma general, no hay una fecha límite para llevar a cabo el rescate. Por lo que los beneficiarios podrán esperar al momento que consideren oportuno.     ¿Cómo tributa el cobro de un plan de pensiones de un fallecido?  La tributación de un plan de pensiones de un fallecido no supone ninguna obligación tributaria para los beneficiarios, ya que la cantidad total del plan de pensiones no forma parte del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.   Sólo en el momento de llevar a cabo el rescate es cuando los beneficiarios deberán tributar por él, pero como IRPF, es decir, como rendimientos del trabajo.   ¿Cómo saber si un fallecido tiene un plan de pensiones?  Cuando una persona fallece, los beneficiarios del mismo no tienen porqué saber si ésta era titular de un plan de pensiones. Pero no por no saberlo significa que no lo puedan averiguar.   Si fallece una persona y existen dudas de si hay o no un plan de pensiones, se pueden hacer las siguientes cosas:  Revisar la documentación personal de la persona fallecida. Cartas, extractos bancarios, rentas anteriores… de este modo se puede buscar si aparece por algún documento oficial el plan de pensiones.   También se puede acudir a las entidades financieras y compañías de seguros, presentando la documentación pertinente, para preguntar si tienen constancia de la existencia de un plan de pensiones.  Por último, la forma más rápida es consultar el registro de contratos de seguros de cobertura por fallecimiento. Este registro pertenece al Ministerio de Justicia, y para poder acceder a la información, se deberá aportar la documentación que se solicita.  Leer más

¿Cuál es la cantidad máxima que se puede aportar al plan de pensiones?

La aportación máxima para un plan de pensiones individual es del 30% resultante entre la suma de los rendimientos netos del trabajo y de las actividades económicas realizadas durante el año, o de 1.500 euros.   Para los planes de pensiones de autónomos, los PPES, la cantidad máxima es de 4.250 euros al año. Y si se trata de un plan de pensiones de empleo, promovido por la empresa del trabajador, la cantidad asciende hasta los 8.500 euros.  Los planes de pensiones son el complemento perfecto para la jubilación, así como los seguros de vida en caso de fallecimiento o incapacidad reconocida por la Seguridad Social del asegurado.    ¿Qué pasa si aporto más de 1500 € a mi plan de pensiones?  Si superas la aportación máxima al plan de pensiones en 2024, debes saber que esto tiene ventajas y desventajas.   Cualquier titular de un plan de pensiones puede aportar todo el dinero que quiera al año, pues la principal ventaja es que la cantidad ahorrada quedará guardada para el futuro, pudiendo complementar mejor la pensión de jubilación.   La nueva ley sobre el rescate de planes de pensiones establece que a partir del año 2025, el titular de un plan de pensiones podrá recuperar el dinero ahorrado y sus aportaciones a partir de los 10 años de vigencia del plan. Por supuesto, también se podrá rescatar la rentabilidad que el dinero haya ido generando durante todo este tiempo.   Pero también hay que saber que las aportaciones a los planes de pensiones tienen ciertos beneficios fiscales, pero estos tienen sus limitaciones.   Y es que la cantidad que supere a lo establecido por la ley no se podrá deducir en la declaración de los impuestos y si tuvieras que retirar ese dinero que has aportado de más antes del momento de la jubilación, es muy probable que debas pagar algún tipo de penalización.     ¿Cómo influye un plan de pensiones en la declaración de la renta?  Cuando las aportaciones máximas al plan de pensiones han sido las correctas y establecidas por la ley, se pueden deducir en la declaración de la renta.  Según el Real Decreto 439/2007, en su título VII, capítulo II, sección 1, artículo 85, los tramos de rendimientos del trabajo del IRPF son los siguientes:   Hasta 12.450 euros: 19%  Entre 12.459 y 20.200 euros: 24%  Entre 20.200 y 35.200 euros: 30%  Entre 35.200 y 60.000 euros: 37%  Entre 60.000 y 300.000 euros: 45%  Más de 300.000 euros: 47%    ¿Qué pasa si tengo 2 planes de pensiones?  Nada. Se pueden tener tantos planes de pensiones como se quieran o puedan tener. Y, además, es una buena opción para poder diversificar el dinero y garantizar un menor riesgo de las inversiones que el plan de pensiones realice.   No hay ninguna ley que impida tener varios planes de pensiones y, además, en el momento de rescatar el dinero invertido se puede hacer de forma independiente cada uno de ellos.         Leer más

¿Cuántas personas se pueden favorecer de un mismo plan de pensiones?

Las personas que pueden favorecerse de un mismo plan de pensiones son el titular del mismo y los beneficiarios del plan de pensiones que éste haya designado.  Es fundamental saber que el titular es la única persona que puede designar a los beneficiarios y cambiar cualquier aspecto que tenga que ver con su plan de pensiones, como por ejemplo las aportaciones ocasionales, las cuotas periódicas o incluso su rescate.   Sólo en el caso de fallecimiento del titular, serán los beneficiarios designados quienes podrán reclamar el rescate del plan de pensiones o, en su defecto, los herederos legales.  ¿Quién puede ser el beneficiario de un plan de pensiones?  Los beneficiarios de los planes de pensiones son los propios titulares o partícipes del mismo. Es decir, llegado el momento de la jubilación, o si se produce alguna de las situaciones previstas por la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre., sólo el partícipe podrá solicitar el rescate del mismo y, por tanto, beneficiarse del dinero que se ha ido ahorrando a lo largo del tiempo, más los intereses consolidados hasta la fecha.     ¿Quién es el beneficiario de un plan de pensiones en caso de fallecimiento?  Los beneficiarios del plan de pensiones en caso de fallecimiento del titular del mismo pueden ser distintas personas, en función de lo establecido por contrato entre el titular y la entidad o compañía con la que ha contratado el plan de pensiones.   Teniendo en cuenta esto, los beneficiarios pueden ser las siguientes personas:   Si el titular del plan de pensiones ha establecido en contrato a sus beneficiarios, éstos serán quienes se beneficien del plan de pensiones en caso de su fallecimiento. Cabe destacar que el titular puede incluir y eliminar a los beneficiarios que considere a lo largo de toda la vigencia del plan de pensiones, siempre y cuando se lo notifique adecuadamente a la entidad o aseguradora con la que tiene contratado el plan de pensiones y firme el anexo correspondiente.   Los beneficiarios designados, además, pueden ser tantos como el titular establezca, sin ningún límite establecido legalmente. Y, además, no tienen porqué ser familiares del mismo. Es decir, cualquier persona, siempre que el titular así lo desee, puede ser el beneficiario de su plan de pensiones.   Es importante saber que el plan de pensiones no forma parte de la masa hereditaria, por lo que los herederos legales, si son diferentes de los beneficiarios designados, no pueden acceder a la cantidad económica del plan de pensiones.  Es posible, también, que el titular haya designado como beneficiario del plan de pensiones a una persona jurídica, en cuyo caso será esta quien perciba el capital.  Por otro lado, si no existen beneficiarios designados por contrato, pero sí testamento del titular del plan de pensiones, los herederos legales serán los beneficiarios.  Si, por el contrario, no existen herederos designados ni testamento que designe herederos, los beneficiarios serán, en primer lugar, el cónyuge no separado legalmente, en su defecto, los hijos a partes iguales y, si éstos no existieran, los padres del titular y otros familiares directos como, por ejemplo, los sobrinos.   Leer más

¿Qué es un partícipe en suspenso?

Partícipe en suspenso se utiliza para denominar a aquella persona que es titular de un plan de pensiones contratado por la empresa en la que trabaja o trabajaba y que, por las razones que están recogidas en el contrato, se han dejado de realizar aportaciones periódicas o esporádicas, de forma temporal o definitiva, pero manteniendo sus derechos consolidados.    ¿Qué es un partícipe en suspenso?  Muchas empresas deciden beneficiar a sus empleados con la contratación de un plan de pensiones de trabajo para potenciar un ahorro de cara al futuro en el que, de forma periódica o esporádica, realizan aportaciones complementarias al salario que pagan al trabajador. Por tanto, el partícipe y titular del plan de pensiones es el empleado, pese a que sea la empresa quien realice las aportaciones y quien haya llevado a cabo la contratación del plan de pensiones.  Esto favorece a que los trabajadores perciban más beneficios por parte de su empresa y, de cara a su jubilación, puedan tener un ahorro que les permita tener una vida más desahogada económicamente.    Pero, según el contrato firmado, existen ciertas causas por las que una empresa puede dejar de realizar dichas aportaciones, como por ejemplo por que el trabajador ya no forme parte de la plantilla.  Es en ese momento cuando el titular del plan de pensiones es denominado partícipe en suspenso. Pues, aunque sigue teniendo su plan de pensiones en vigor y se mantienen las condiciones firmadas con la empresa, en cuanto a rentabilidad y vigencia, por ejemplo, yo no se realizan las aportaciones periódicas o esporádicas que se habían acordado al inicio.  Derechos de los partícipes en suspenso  Los derechos de los partícipes en suspenso del plan de pensiones son:    Pese al cese de las aportaciones, conservan la titularidad del plan de pensiones, así como los derechos firmados por contrato, la vigencia del plan y el cumplimiento de todos los derechos que se pactaron en su momento.  El partícipe en suspenso puede llevar a cabo las modificaciones que quiera en su plan de pensiones, como, por ejemplo, el cese de las aportaciones periódicas o la cantidad de las mismas.  También puede modificar beneficiarios o designar a las personas que considere oportunas.  El titular también puede cambiar su tipo de plan de pensiones por otro manteniendo sus derechos consolidados.   Llegado el momento de la jubilación o teniendo en cuenta las situaciones establecidas por ley y por contrato, el partícipe en suspenso puede solicitar el rescato total o parcial de su plan de pensiones.    Obligaciones de los partícipes en suspenso   Al igual que el partícipe en suspenso de un plan de pensiones tiene derechos, también tiene obligaciones que debe respetar. Éstas son:  Facilitar la información actualizada y en caso de cambio, en cuanto a sus datos personales y fiscales a la compañía aseguradora.  En caso de fallecimiento o incapacidad del partícipe en suspenso, tanto él si puede como sus beneficiarios, deben informar de la nueva situación a la compañía aseguradora.  Leer más

¿Qué tipos de seguros de ahorro hay?

Existen diferentes tipos de seguros de ahorro en función de las necesidades y las preferencias de la persona ahorradora. Por contrato, en el momento de formalizar la póliza, se pacta el riesgo que el titular va a asumir, el tipo de intereses, variables o fijos, y el plazo máximo en el que el seguro de ahorro estará vigente, seleccionando así el tipo de seguro de ahorro a contratar. Tipos de seguros de ahorro que existen Cada tipo de seguro de ahorro tiene sus propias condiciones. Entre ellas, la fecha de vencimiento, el riesgo que asume el titular en su contratación, si es conservador, moderado o alto riesgo, y los intereses que se percibirán en el momento del vencimiento, fijos o variables. En función de todo esto, existen diferentes tipos que el titular puede contratar: PPA. Planes de Previsión Asegurados. Los planes de previsión asegurados son los tipos de seguro de ahorro más conservadores. Tiene un régimen fiscal parecido a los planes de pensiones y se trata de seguros individuales a largo plazo, destinados a complementar la pensión de jubilación del titular. Entre sus principales características es que se garantiza, por contrato, un tipo de interés fijo, a entregar en el momento del vencimiento, y la devolución de la cantidad ahorrada. Su normativa es muy parecida a la de los planes de pensiones, por lo que el rescate de este tipo de seguro de ahorro puede llevarse a cabo, también, en caso de fallecimiento, incapacidad laboral permanente, debidamente reconocida por la Seguridad Social, y otros imprevistos recogidos en la normativa. PIAS. Planes Individuales de ahorro sistemático El plan individual de ahorro sistemático permite al titular hacer aportaciones periódicas con las que ahorrar, poco a poco, una cantidad de dinero o bien hacer una prima única en la que depositar todo el capital que se quiera ahorrar. Tanto el capital como los intereses están garantizados, y permite recuperar la inversión en cualquier momento antes de que llegue el vencimiento, ya sea de forma parcial o total. Además, con el PIAS se pueden designar a los beneficiarios que se quieran por si el titular fallece antes del vencimiento y si, pasado 5 años desde el momento en el que se hizo la primera aportación, el asegurado decide constituir una renta vitalicia, todo el rendimiento que se haya generado estará exento de tributación, siempre y cuando se cumplan con las condiciones establecidas. La aportación anual a este tipo de seguro de ahorro es de máximo 8.000 euros al año, con un límite de 240.000 euros en total para todos los PIAS que se tengan contratados. La aportación mínima total al plan debe ser de mínimo, 600 euros. Seguros de rentas vitalicias Los seguros de rentas vitalicias están destinados a complementar la pensión de jubilación desde el momento de la jubilación hasta el fallecimiento del titular. Las primas que percibirá el asegurado pueden ser mensuales, trimestrales o anuales, en función de los intereses de cada persona. Fiscalmente, tienen una tributación especial para las aportaciones que se hagan. Pese a que se puede rescatar el dinero ahorrado en cualquier momento, es importante saber que esto puede tener penalizaciones en función de cómo esté el mercado, por lo que en el caso de querer recuperarlo es posible que no se obtenga el total invertido en el momento de la contratación.  Seguros Unit Linked Este tipo de seguros de ahorro tiene como finalidad la diversificación de los ahorros, pero ello conlleva un riesgo para el titular, pues no está garantizado ni el capital ni los intereses. El dinero ahorrado se divide en dos partes: por un lado, la prima del seguro y, por el otro, a la inversión en una cesta de diferentes fondos financieros, por lo tanto, es un producto asegurador mixto con el que el riesgo es moderado- alto. Seguros individuales a largo plazo El SIALP es un tipo de seguro de ahorro a largo plazo, mínimo 5 años, que garantiza la devolución del capital ahorrado a fecha de vencimiento, más un tipo de interés marcado en el momento de la contratación. Pese a que cuenta con una fecha de vencimiento, el titular puede rescatar el capital antes de que llegue el fin del contrato, pero en ese caso no está garantizado la devolución íntegra del capital, pues irá en función del valor del mercado en el momento de llevar a cabo el rescate. Si se cumple con el plazo de tiempo establecido, los beneficios fiscales son favorables para el titular.Leer más

¿Qué beneficios tiene contratar un seguro de ahorro?

Los seguros de ahorros permiten obtener una rentabilidad fija por el dinero ahorrado, con un riesgo bajo o moderado, en función del tipo de seguro contratado. Pero también permiten obtener beneficios fiscales, proteger económicamente a la familia en momentos de dificultad y diversificar los ahorros para una mayor protección económica. ¿Qué son los seguros de ahorro? Los seguros de ahorro son un tipo de producto financiero que las compañías aseguradoras ofrecen a sus clientes y que permiten ahorrar dinero y conseguir aumentar el capital gracias a los intereses pactados. Aprende más acerca de qué es o para qué sirve un seguro de ahorro. El tomador contrata este tipo de seguro y en la póliza aparece la fecha de vencimiento y los intereses que recibirá por la cantidad total una vez se cumpla el plazo acordado. Llegado ese momento, la compañía se compromete a devolver el dinero más los intereses que se hayan ido generando. Es importante saber que en algunos tipos de seguros de ahorro el capital no está garantizado, por lo que antes de llevar a cabo la contratación, es necesario valorar las diferentes opciones y contratar el que más adecuado sea en función del riesgo que se quiera asumir. En el caso de que el titular falleciera antes de la fecha de vencimiento, serán los beneficiarios o herederos quienes recibirán la cantidad económica que se haya ahorrado en el seguro. Los tipos de seguros de ahorro más comunes son: Planes Individuales de ahorro sistemático, PIAS. Destinados a complementar la pensión de la persona ahorradora una vez se cumpla el plazo de vencimiento, por norma general, después de la jubilación. Es un tipo de seguro de ahorro flexible y ofrece interesantes beneficios fiscales. Seguro individual de ahorro a largo plazo (SIALP). Garantiza la devolución del capital más los intereses pactados, una vez se cumple la fecha de vencimiento acordada por contrato. Tiene una tributación muy interesante si se cumplen los requisitos exigidos. Planes de previsión Asegurados, PPA. Es bastante parecido a los planes de pensiones, puesto que garantizan el capital invertido más los intereses pactados. Siempre, claro está, en función del riesgo asumido. Fondos de seguros diversificados, Unit Linked. Este tipo de seguro de ahorro conlleva más riesgos que los anteriores, pero permite hacer una mayor diversificación de los ahorros. La rentabilidad no está garantizada. Beneficios de contratar un seguro de ahorro Los seguros de ahorro ofrecen importantes ventajas a las personas que deciden contratarlos. Entre ellas, cabe destacar las siguientes: Tienen una rentabilidad garantizada. El asegurado puede escoger el tipo de seguro de ahorro más adecuado para él, en función del riesgo que quiera asumir. Es una forma sencilla de ahorrar dinero. Se puede decidir el formato de las primas. Algunos seguros de ahorro permiten hacer primas únicas, mensuales, trimestrales, semestrales o anuales. El titular sabe cuál es el plazo exacto en el que podrá recuperar la inversión hecha en su seguro de ahorro. Permite diversificar las inversiones. Ofrecen beneficios fiscales. Leer más

¿Cuál es la diferencia entre un seguro de ahorro y un seguro de vida?

El seguro de ahorro y vida forman parte de la misma tipología de seguros, pero entre ambos hay diferencias importantes que hacen que cada uno tenga su propia finalidad. El seguro de vida, llamado vida riesgo, es aquel que, a cambio de una prima, está destinado a cubrir económicamente a los beneficiarios que se hayan designado en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado. Mientras que el seguro de ahorro está enfocado a ser un complemento económico de cara a la jubilación del propio asegurado. ¿Qué son los seguros de vida y ahorro? Los seguros de ahorro y vida están enfocados a otorgar una tranquilidad y protección económica de cara al futuro. El primero, el de ahorro, previsto a ser un complemento económico de cara a la jubilación del asegurado y el segundo, el de vida, previsto para compensar económicamente a los beneficiarios nombrados en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado. Diferencias entre un seguro de vida y de ahorro Cada uno de estos seguros tiene una finalidad y, por tanto, existen importantes diferencias entre uno y el otro. Las más destacadas son: Seguro de vida Su principal finalidad es la de ayudar y compensar económicamente a los familiares, o beneficiarios, cuando se produce el fallecimiento del asegurado. En el caso de que se produzca la invalidez, certificada por la Seguridad Social y recogida en el contrato de la póliza, el asegurado también recibirá la compensación económica que se haya estipulado en la firma del contrato. La indemnización se pacta en el momento en el que se formaliza la póliza y, por tanto, es el tomador del seguro quien decide qué cantidad quiere asegurar. El tomador del seguro decide quiénes son los beneficiarios. Mensualmente, trimestralmente, semestralmente o anualmente, se deben pagar las primas acordadas para mantener el seguro activo y, por tanto, las coberturas. El seguro de vida se cancela cuando el asegurado fallece o cuando compañía o tomador deciden que hay que dar por finalizada la póliza, siempre en la fecha en la que corresponda la renovación del mismo. Este tipo de seguro se renueva anualmente. La edad máxima de contratación, por norma general, es hasta los 64 años. Aunque algunas compañías aseguradoras están ampliando ya la edad hasta los 70 o 75 años. Seguro de ahorro Su principal función es la de poder ahorrar dinero para el momento de la jubilación, es decir, con vistas a futuro. Una vez se alcance la fecha de jubilación, y por tanto el vencimiento de la póliza, el asegurado puede decidir la forma en la que quiere recuperar el capital ahorrado. Ya sea en un solo pago o periódicamente, es decir, cada mes, cada 3 meses… El seguro de ahorro permite que los ahorros se rentabilicen sin riesgo. La renta puede ser fija o variable. Si se recupera el capital antes de los 12 meses después de la contratación, se aplican penalizaciones. Este tipo de seguro también incluye la cobertura en caso de fallecimiento. El capital que el asegurado no haya recuperado en caso de fallecimiento, pasa a los beneficiarios estipulados por el mismo en contrato. La cantidad aportada al seguro depende de cada asegurado. Es decir, se puede añadir una sola cuota durante toda la vida del seguro o ir haciendo aportaciones cuando se quiera. Leer más

¿Puedo aportar al plan de pensiones estando jubilado?

Sí, es posible aportar al plan de pensiones una vez jubilado. Según la Seguridad Social, la persona jubilada puede seguir haciendo sus aportaciones siempre y cuando no haya iniciado el cobro del plan de pensiones por ninguna cantidad.   Qué hacer con el plan de pensiones una vez jubilado Una vez se llega a la edad de jubilación, la persona puede decidir qué hacer con su plan de pensiones. Puede escoger entre varias opciones según sus propias necesidades económicas:   Por un lado, si con la pensión de jubilación se puede mantener el mismo estilo y nivel de vida, el jubilado puede decidir no rescatar su plan de pensiones y seguir haciendo aportaciones. También puede decidir no rescatarlo y dejarlo tal cual, sin hacer más aportaciones, para conseguir ganar más rendimiento de cara al futuro o a posibles necesidades económicas que puedan surgir. Otra opción, si así se prefiere, es rescatar la cantidad completa que hay en el plan de pensiones, tanto las aportaciones que se han ido haciendo como la rentabilidad que se ha ido generando. Es importante saber que, al hacer el rescate total, la persona jubilada deberá declarar el importe en su IRPF por la cantidad total. También se puede llevar a cabo el rescate de la cantidad acumulada en el plan de pensiones en forma de renta. Es decir, que cada mes, la persona cobre una cantidad fija de dinero hasta agotar el importe total que acumulado en el plan de pensiones. Otra opción es llevar a cabo un rescate mixto, que combina las dos opciones anteriores. Por un lado, sacar una cantidad de dinero de una sola vez y, el resto, seguir cobrándolo en forma de renta. Por último, está la posibilidad de hacer un rescate flexible, que consiste en que el beneficiario puede escoger cuándo quiere cobrar y qué cantidades sin seguir ningún ritmo ni periodicidad en concreto.   Requisitos para hacer aportaciones al fondo estando jubilado El principal requisito para poder hacer aportaciones al plan de pensiones una vez jubilado es que no se haya hecho ningún tipo de rescate del mismo, ni de forma parcial ni total. Y es que no se puede estar cobrando de un plan de pensiones a la vez que se está ingresando dinero en él. Además, para poder hacerlo, el plan de pensiones debe haber sido abierto mientras la persona estaba activa laboralmente y las nuevas aportaciones que se lleven a cabo, irán destinadas a las posibles contingencias de fallecimiento o dependencia, siguiendo las pautas de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.     ¿Desgravan las aportaciones si estoy jubilado? Además de poder aportar al plan de pensiones una vez jubilado, también es posible desgravar las aportaciones en la declaración de la renta siempre y cuando se mantenga una de las siguientes condiciones:   Que la suma de los rendimientos netos del trabajo y las actividades económicas no superen el 30%. O que no se supere el importe de 1.500 euros anuales.   Por tanto, tras la modificación efectuada a principios de enero del año 2022, funciona de la misma forma que el resto de planes de pensiones para personas activas laboralmente.Leer más

¿Quién garantiza el seguro de ahorro?

Las compañías aseguradoras son quienes garantizan el capital invertido en los seguros de ahorro pero, ante la posibilidad de que éstas se liquiden o fallen, el Consorcio de Compensación de Seguros es quien garantiza los seguros de ahorro en nuestro país, haciendo suyas las deudas de las aseguradoras. Por lo que cualquier persona que sea titular de un seguro de ahorro, puede tener la máxima tranquilidad y seguridad en lo referente al capital que ha invertido y el rendimiento que se le ha garantizado.   ¿Están garantizados los seguros de ahorro?   Sí, los seguros de ahorro están garantizados. Las compañías aseguradoras españolas deben cumplir con unos altos niveles de solvencia que son controlados y evaluados por las entidades públicas competentes, tanto en España como en Europa. Pero, además, desde el 1 de enero de 2017, estos niveles son todavía más exigentes, puesto que fue en esa fecha cuando entró en vigor la normativa europea Solvencia II. Además, la garantía del Consorcio de Compensación de Seguros no tiene un límite máximo sobre los depósitos y derechos de los seguros de ahorro, por lo que en caso de ser necesario, garantizaría el importe total del capital invertido y los rendimientos generados.   El papel del Consorcio de Compensación de Seguros   El Consorcio de Compensación de Seguros es una institución pública empresarial al servicio del sector asegurador. Está adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de pensiones, pero no depende del Gobierno y, por tanto, tiene un patrimonio distinto al del Estado y no depende de ningún presupuesto público. Esta institución desempeña una gran cantidad de funciones, pero una de ellas es la de ser quien garantiza los seguros de ahorro contratados por los individuos y, por tanto, en el caso de liquidación de las entidades aseguradoras, es quien se encarga de cubrir las garantías de los asegurados. Llegado ese punto, el Consorcio de Compensación de Seguros paga por anticipado, sin tener que esperar a la liquidación total, y además otorga al titular un porcentaje superior al que percibiría al finalizar la liquidación concursal de la aseguradora, asumiendo las posibles pérdidas que se produjeran.Leer más

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