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¿Qué es un partícipe en suspenso?

Partícipe en suspenso se utiliza para denominar a aquella persona que es titular de un plan de pensiones contratado por la empresa en la que trabaja o trabajaba y que, por las razones que están recogidas en el contrato, se han dejado de realizar aportaciones periódicas o esporádicas, de forma temporal o definitiva, pero manteniendo sus derechos consolidados.    ¿Qué es un partícipe en suspenso?  Muchas empresas deciden beneficiar a sus empleados con la contratación de un plan de pensiones de trabajo para potenciar un ahorro de cara al futuro en el que, de forma periódica o esporádica, realizan aportaciones complementarias al salario que pagan al trabajador. Por tanto, el partícipe y titular del plan de pensiones es el empleado, pese a que sea la empresa quien realice las aportaciones y quien haya llevado a cabo la contratación del plan de pensiones.  Esto favorece a que los trabajadores perciban más beneficios por parte de su empresa y, de cara a su jubilación, puedan tener un ahorro que les permita tener una vida más desahogada económicamente.    Pero, según el contrato firmado, existen ciertas causas por las que una empresa puede dejar de realizar dichas aportaciones, como por ejemplo por que el trabajador ya no forme parte de la plantilla.  Es en ese momento cuando el titular del plan de pensiones es denominado partícipe en suspenso. Pues, aunque sigue teniendo su plan de pensiones en vigor y se mantienen las condiciones firmadas con la empresa, en cuanto a rentabilidad y vigencia, por ejemplo, yo no se realizan las aportaciones periódicas o esporádicas que se habían acordado al inicio.  Derechos de los partícipes en suspenso  Los derechos de los partícipes en suspenso del plan de pensiones son:    Pese al cese de las aportaciones, conservan la titularidad del plan de pensiones, así como los derechos firmados por contrato, la vigencia del plan y el cumplimiento de todos los derechos que se pactaron en su momento.  El partícipe en suspenso puede llevar a cabo las modificaciones que quiera en su plan de pensiones, como, por ejemplo, el cese de las aportaciones periódicas o la cantidad de las mismas.  También puede modificar beneficiarios o designar a las personas que considere oportunas.  El titular también puede cambiar su tipo de plan de pensiones por otro manteniendo sus derechos consolidados.   Llegado el momento de la jubilación o teniendo en cuenta las situaciones establecidas por ley y por contrato, el partícipe en suspenso puede solicitar el rescato total o parcial de su plan de pensiones.    Obligaciones de los partícipes en suspenso   Al igual que el partícipe en suspenso de un plan de pensiones tiene derechos, también tiene obligaciones que debe respetar. Éstas son:  Facilitar la información actualizada y en caso de cambio, en cuanto a sus datos personales y fiscales a la compañía aseguradora.  En caso de fallecimiento o incapacidad del partícipe en suspenso, tanto él si puede como sus beneficiarios, deben informar de la nueva situación a la compañía aseguradora.  Leer más

¿Cuántas personas se pueden favorecer de un mismo plan de pensiones?

Las personas que pueden favorecerse de un mismo plan de pensiones son el titular del mismo y los beneficiarios del plan de pensiones que éste haya designado.  Es fundamental saber que el titular es la única persona que puede designar a los beneficiarios y cambiar cualquier aspecto que tenga que ver con su plan de pensiones, como por ejemplo las aportaciones ocasionales, las cuotas periódicas o incluso su rescate.   Sólo en el caso de fallecimiento del titular, serán los beneficiarios designados quienes podrán reclamar el rescate del plan de pensiones o, en su defecto, los herederos legales.  ¿Quién puede ser el beneficiario de un plan de pensiones?  Los beneficiarios de los planes de pensiones son los propios titulares o partícipes del mismo. Es decir, llegado el momento de la jubilación, o si se produce alguna de las situaciones previstas por la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre., sólo el partícipe podrá solicitar el rescate del mismo y, por tanto, beneficiarse del dinero que se ha ido ahorrando a lo largo del tiempo, más los intereses consolidados hasta la fecha.     ¿Quién es el beneficiario de un plan de pensiones en caso de fallecimiento?  Los beneficiarios del plan de pensiones en caso de fallecimiento del titular del mismo pueden ser distintas personas, en función de lo establecido por contrato entre el titular y la entidad o compañía con la que ha contratado el plan de pensiones.   Teniendo en cuenta esto, los beneficiarios pueden ser las siguientes personas:   Si el titular del plan de pensiones ha establecido en contrato a sus beneficiarios, éstos serán quienes se beneficien del plan de pensiones en caso de su fallecimiento. Cabe destacar que el titular puede incluir y eliminar a los beneficiarios que considere a lo largo de toda la vigencia del plan de pensiones, siempre y cuando se lo notifique adecuadamente a la entidad o aseguradora con la que tiene contratado el plan de pensiones y firme el anexo correspondiente.   Los beneficiarios designados, además, pueden ser tantos como el titular establezca, sin ningún límite establecido legalmente. Y, además, no tienen porqué ser familiares del mismo. Es decir, cualquier persona, siempre que el titular así lo desee, puede ser el beneficiario de su plan de pensiones.   Es importante saber que el plan de pensiones no forma parte de la masa hereditaria, por lo que los herederos legales, si son diferentes de los beneficiarios designados, no pueden acceder a la cantidad económica del plan de pensiones.  Es posible, también, que el titular haya designado como beneficiario del plan de pensiones a una persona jurídica, en cuyo caso será esta quien perciba el capital.  Por otro lado, si no existen beneficiarios designados por contrato, pero sí testamento del titular del plan de pensiones, los herederos legales serán los beneficiarios.  Si, por el contrario, no existen herederos designados ni testamento que designe herederos, los beneficiarios serán, en primer lugar, el cónyuge no separado legalmente, en su defecto, los hijos a partes iguales y, si éstos no existieran, los padres del titular y otros familiares directos como, por ejemplo, los sobrinos.   Leer más

¿Qué tipos de seguros de ahorro hay?

Existen diferentes tipos de seguros de ahorro en función de las necesidades y las preferencias de la persona ahorradora. Por contrato, en el momento de formalizar la póliza, se pacta el riesgo que el titular va a asumir, el tipo de intereses, variables o fijos, y el plazo máximo en el que el seguro de ahorro estará vigente, seleccionando así el tipo de seguro de ahorro a contratar. Tipos de seguros de ahorro que existen Cada tipo de seguro de ahorro tiene sus propias condiciones. Entre ellas, la fecha de vencimiento, el riesgo que asume el titular en su contratación, si es conservador, moderado o alto riesgo, y los intereses que se percibirán en el momento del vencimiento, fijos o variables. En función de todo esto, existen diferentes tipos que el titular puede contratar: PPA. Planes de Previsión Asegurados. Los planes de previsión asegurados son los tipos de seguro de ahorro más conservadores. Tiene un régimen fiscal parecido a los planes de pensiones y se trata de seguros individuales a largo plazo, destinados a complementar la pensión de jubilación del titular. Entre sus principales características es que se garantiza, por contrato, un tipo de interés fijo, a entregar en el momento del vencimiento, y la devolución de la cantidad ahorrada. Su normativa es muy parecida a la de los planes de pensiones, por lo que el rescate de este tipo de seguro de ahorro puede llevarse a cabo, también, en caso de fallecimiento, incapacidad laboral permanente, debidamente reconocida por la Seguridad Social, y otros imprevistos recogidos en la normativa. PIAS. Planes Individuales de ahorro sistemático El plan individual de ahorro sistemático permite al titular hacer aportaciones periódicas con las que ahorrar, poco a poco, una cantidad de dinero o bien hacer una prima única en la que depositar todo el capital que se quiera ahorrar. Tanto el capital como los intereses están garantizados, y permite recuperar la inversión en cualquier momento antes de que llegue el vencimiento, ya sea de forma parcial o total. Además, con el PIAS se pueden designar a los beneficiarios que se quieran por si el titular fallece antes del vencimiento y si, pasado 5 años desde el momento en el que se hizo la primera aportación, el asegurado decide constituir una renta vitalicia, todo el rendimiento que se haya generado estará exento de tributación, siempre y cuando se cumplan con las condiciones establecidas. La aportación anual a este tipo de seguro de ahorro es de máximo 8.000 euros al año, con un límite de 240.000 euros en total para todos los PIAS que se tengan contratados. La aportación mínima total al plan debe ser de mínimo, 600 euros. Seguros de rentas vitalicias Los seguros de rentas vitalicias están destinados a complementar la pensión de jubilación desde el momento de la jubilación hasta el fallecimiento del titular. Las primas que percibirá el asegurado pueden ser mensuales, trimestrales o anuales, en función de los intereses de cada persona. Fiscalmente, tienen una tributación especial para las aportaciones que se hagan. Pese a que se puede rescatar el dinero ahorrado en cualquier momento, es importante saber que esto puede tener penalizaciones en función de cómo esté el mercado, por lo que en el caso de querer recuperarlo es posible que no se obtenga el total invertido en el momento de la contratación.  Seguros Unit Linked Este tipo de seguros de ahorro tiene como finalidad la diversificación de los ahorros, pero ello conlleva un riesgo para el titular, pues no está garantizado ni el capital ni los intereses. El dinero ahorrado se divide en dos partes: por un lado, la prima del seguro y, por el otro, a la inversión en una cesta de diferentes fondos financieros, por lo tanto, es un producto asegurador mixto con el que el riesgo es moderado- alto. Seguros individuales a largo plazo El SIALP es un tipo de seguro de ahorro a largo plazo, mínimo 5 años, que garantiza la devolución del capital ahorrado a fecha de vencimiento, más un tipo de interés marcado en el momento de la contratación. Pese a que cuenta con una fecha de vencimiento, el titular puede rescatar el capital antes de que llegue el fin del contrato, pero en ese caso no está garantizado la devolución íntegra del capital, pues irá en función del valor del mercado en el momento de llevar a cabo el rescate. Si se cumple con el plazo de tiempo establecido, los beneficios fiscales son favorables para el titular.Leer más

¿Qué beneficios tiene contratar un seguro de ahorro?

Los seguros de ahorros permiten obtener una rentabilidad fija por el dinero ahorrado, con un riesgo bajo o moderado, en función del tipo de seguro contratado. Pero también permiten obtener beneficios fiscales, proteger económicamente a la familia en momentos de dificultad y diversificar los ahorros para una mayor protección económica. ¿Qué son los seguros de ahorro? Los seguros de ahorro son un tipo de producto financiero que las compañías aseguradoras ofrecen a sus clientes y que permiten ahorrar dinero y conseguir aumentar el capital gracias a los intereses pactados. Aprende más acerca de qué es o para qué sirve un seguro de ahorro. El tomador contrata este tipo de seguro y en la póliza aparece la fecha de vencimiento y los intereses que recibirá por la cantidad total una vez se cumpla el plazo acordado. Llegado ese momento, la compañía se compromete a devolver el dinero más los intereses que se hayan ido generando. Es importante saber que en algunos tipos de seguros de ahorro el capital no está garantizado, por lo que antes de llevar a cabo la contratación, es necesario valorar las diferentes opciones y contratar el que más adecuado sea en función del riesgo que se quiera asumir. En el caso de que el titular falleciera antes de la fecha de vencimiento, serán los beneficiarios o herederos quienes recibirán la cantidad económica que se haya ahorrado en el seguro. Los tipos de seguros de ahorro más comunes son: Planes Individuales de ahorro sistemático, PIAS. Destinados a complementar la pensión de la persona ahorradora una vez se cumpla el plazo de vencimiento, por norma general, después de la jubilación. Es un tipo de seguro de ahorro flexible y ofrece interesantes beneficios fiscales. Seguro individual de ahorro a largo plazo (SIALP). Garantiza la devolución del capital más los intereses pactados, una vez se cumple la fecha de vencimiento acordada por contrato. Tiene una tributación muy interesante si se cumplen los requisitos exigidos. Planes de previsión Asegurados, PPA. Es bastante parecido a los planes de pensiones, puesto que garantizan el capital invertido más los intereses pactados. Siempre, claro está, en función del riesgo asumido. Fondos de seguros diversificados, Unit Linked. Este tipo de seguro de ahorro conlleva más riesgos que los anteriores, pero permite hacer una mayor diversificación de los ahorros. La rentabilidad no está garantizada. Beneficios de contratar un seguro de ahorro Los seguros de ahorro ofrecen importantes ventajas a las personas que deciden contratarlos. Entre ellas, cabe destacar las siguientes: Tienen una rentabilidad garantizada. El asegurado puede escoger el tipo de seguro de ahorro más adecuado para él, en función del riesgo que quiera asumir. Es una forma sencilla de ahorrar dinero. Se puede decidir el formato de las primas. Algunos seguros de ahorro permiten hacer primas únicas, mensuales, trimestrales, semestrales o anuales. El titular sabe cuál es el plazo exacto en el que podrá recuperar la inversión hecha en su seguro de ahorro. Permite diversificar las inversiones. Ofrecen beneficios fiscales. Leer más

¿Cuál es la diferencia entre un seguro de ahorro y un seguro de vida?

El seguro de ahorro y vida forman parte de la misma tipología de seguros, pero entre ambos hay diferencias importantes que hacen que cada uno tenga su propia finalidad. El seguro de vida, llamado vida riesgo, es aquel que, a cambio de una prima, está destinado a cubrir económicamente a los beneficiarios que se hayan designado en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado. Mientras que el seguro de ahorro está enfocado a ser un complemento económico de cara a la jubilación del propio asegurado. ¿Qué son los seguros de vida y ahorro? Los seguros de ahorro y vida están enfocados a otorgar una tranquilidad y protección económica de cara al futuro. El primero, el de ahorro, previsto a ser un complemento económico de cara a la jubilación del asegurado y el segundo, el de vida, previsto para compensar económicamente a los beneficiarios nombrados en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado. Diferencias entre un seguro de vida y de ahorro Cada uno de estos seguros tiene una finalidad y, por tanto, existen importantes diferencias entre uno y el otro. Las más destacadas son: Seguro de vida Su principal finalidad es la de ayudar y compensar económicamente a los familiares, o beneficiarios, cuando se produce el fallecimiento del asegurado. En el caso de que se produzca la invalidez, certificada por la Seguridad Social y recogida en el contrato de la póliza, el asegurado también recibirá la compensación económica que se haya estipulado en la firma del contrato. La indemnización se pacta en el momento en el que se formaliza la póliza y, por tanto, es el tomador del seguro quien decide qué cantidad quiere asegurar. El tomador del seguro decide quiénes son los beneficiarios. Mensualmente, trimestralmente, semestralmente o anualmente, se deben pagar las primas acordadas para mantener el seguro activo y, por tanto, las coberturas. El seguro de vida se cancela cuando el asegurado fallece o cuando compañía o tomador deciden que hay que dar por finalizada la póliza, siempre en la fecha en la que corresponda la renovación del mismo. Este tipo de seguro se renueva anualmente. La edad máxima de contratación, por norma general, es hasta los 64 años. Aunque algunas compañías aseguradoras están ampliando ya la edad hasta los 70 o 75 años. Seguro de ahorro Su principal función es la de poder ahorrar dinero para el momento de la jubilación, es decir, con vistas a futuro. Una vez se alcance la fecha de jubilación, y por tanto el vencimiento de la póliza, el asegurado puede decidir la forma en la que quiere recuperar el capital ahorrado. Ya sea en un solo pago o periódicamente, es decir, cada mes, cada 3 meses… El seguro de ahorro permite que los ahorros se rentabilicen sin riesgo. La renta puede ser fija o variable. Si se recupera el capital antes de los 12 meses después de la contratación, se aplican penalizaciones. Este tipo de seguro también incluye la cobertura en caso de fallecimiento. El capital que el asegurado no haya recuperado en caso de fallecimiento, pasa a los beneficiarios estipulados por el mismo en contrato. La cantidad aportada al seguro depende de cada asegurado. Es decir, se puede añadir una sola cuota durante toda la vida del seguro o ir haciendo aportaciones cuando se quiera. Leer más

¿Quién garantiza el seguro de ahorro?

Las compañías aseguradoras son quienes garantizan el capital invertido en los seguros de ahorro pero, ante la posibilidad de que éstas se liquiden o fallen, el Consorcio de Compensación de Seguros es quien garantiza los seguros de ahorro en nuestro país, haciendo suyas las deudas de las aseguradoras. Por lo que cualquier persona que sea titular de un seguro de ahorro, puede tener la máxima tranquilidad y seguridad en lo referente al capital que ha invertido y el rendimiento que se le ha garantizado.   ¿Están garantizados los seguros de ahorro?   Sí, los seguros de ahorro están garantizados. Las compañías aseguradoras españolas deben cumplir con unos altos niveles de solvencia que son controlados y evaluados por las entidades públicas competentes, tanto en España como en Europa. Pero, además, desde el 1 de enero de 2017, estos niveles son todavía más exigentes, puesto que fue en esa fecha cuando entró en vigor la normativa europea Solvencia II. Además, la garantía del Consorcio de Compensación de Seguros no tiene un límite máximo sobre los depósitos y derechos de los seguros de ahorro, por lo que en caso de ser necesario, garantizaría el importe total del capital invertido y los rendimientos generados.   El papel del Consorcio de Compensación de Seguros   El Consorcio de Compensación de Seguros es una institución pública empresarial al servicio del sector asegurador. Está adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de pensiones, pero no depende del Gobierno y, por tanto, tiene un patrimonio distinto al del Estado y no depende de ningún presupuesto público. Esta institución desempeña una gran cantidad de funciones, pero una de ellas es la de ser quien garantiza los seguros de ahorro contratados por los individuos y, por tanto, en el caso de liquidación de las entidades aseguradoras, es quien se encarga de cubrir las garantías de los asegurados. Llegado ese punto, el Consorcio de Compensación de Seguros paga por anticipado, sin tener que esperar a la liquidación total, y además otorga al titular un porcentaje superior al que percibiría al finalizar la liquidación concursal de la aseguradora, asumiendo las posibles pérdidas que se produjeran.Leer más

¿Puedo aportar al plan de pensiones estando jubilado?

Sí, es posible aportar al plan de pensiones una vez jubilado. Según la Seguridad Social, la persona jubilada puede seguir haciendo sus aportaciones siempre y cuando no haya iniciado el cobro del plan de pensiones por ninguna cantidad.   Qué hacer con el plan de pensiones una vez jubilado Una vez se llega a la edad de jubilación, la persona puede decidir qué hacer con su plan de pensiones. Puede escoger entre varias opciones según sus propias necesidades económicas:   Por un lado, si con la pensión de jubilación se puede mantener el mismo estilo y nivel de vida, el jubilado puede decidir no rescatar su plan de pensiones y seguir haciendo aportaciones. También puede decidir no rescatarlo y dejarlo tal cual, sin hacer más aportaciones, para conseguir ganar más rendimiento de cara al futuro o a posibles necesidades económicas que puedan surgir. Otra opción, si así se prefiere, es rescatar la cantidad completa que hay en el plan de pensiones, tanto las aportaciones que se han ido haciendo como la rentabilidad que se ha ido generando. Es importante saber que, al hacer el rescate total, la persona jubilada deberá declarar el importe en su IRPF por la cantidad total. También se puede llevar a cabo el rescate de la cantidad acumulada en el plan de pensiones en forma de renta. Es decir, que cada mes, la persona cobre una cantidad fija de dinero hasta agotar el importe total que acumulado en el plan de pensiones. Otra opción es llevar a cabo un rescate mixto, que combina las dos opciones anteriores. Por un lado, sacar una cantidad de dinero de una sola vez y, el resto, seguir cobrándolo en forma de renta. Por último, está la posibilidad de hacer un rescate flexible, que consiste en que el beneficiario puede escoger cuándo quiere cobrar y qué cantidades sin seguir ningún ritmo ni periodicidad en concreto.   Requisitos para hacer aportaciones al fondo estando jubilado El principal requisito para poder hacer aportaciones al plan de pensiones una vez jubilado es que no se haya hecho ningún tipo de rescate del mismo, ni de forma parcial ni total. Y es que no se puede estar cobrando de un plan de pensiones a la vez que se está ingresando dinero en él. Además, para poder hacerlo, el plan de pensiones debe haber sido abierto mientras la persona estaba activa laboralmente y las nuevas aportaciones que se lleven a cabo, irán destinadas a las posibles contingencias de fallecimiento o dependencia, siguiendo las pautas de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.     ¿Desgravan las aportaciones si estoy jubilado? Además de poder aportar al plan de pensiones una vez jubilado, también es posible desgravar las aportaciones en la declaración de la renta siempre y cuando se mantenga una de las siguientes condiciones:   Que la suma de los rendimientos netos del trabajo y las actividades económicas no superen el 30%. O que no se supere el importe de 1.500 euros anuales.   Por tanto, tras la modificación efectuada a principios de enero del año 2022, funciona de la misma forma que el resto de planes de pensiones para personas activas laboralmente.Leer más

¿Cuánto desgrava un plan de pensiones?

Los planes de pensiones son productos de ahorro a largo plazo que aportan grandes beneficios y ventajas a los partícipes. Permiten ahorrar de cara a la jubilación, complementar la pensión de jubilación, beneficiarse de reducciones fiscales, rescatarse anticipadamente si se cumplen una serie de requisitos… Pero, la pregunta que muchas personas se hacen en referencia a ellos es: ¿cuánto desgrava un plan de pensiones? Veámoslo a continuación.   ¿Cuánto desgrava un plan de pensiones?  Una de las principales ventajas de los planes de pensiones es que las aportaciones anuales realizadas al mismo se pueden deducir en el IRPF pero siempre que no se superen los límites establecidos por la ley. Esto significa que, cuando el partícipe haga una aportación a su plan de pensiones, no deberá pagar ningún impuesto por la cantidad invertida marcada como máxima por la ley. En los límites legales establecidos para el 2022 para aportaciones a instrumentos de previsión social, se incluyen los planes de pensiones individuales y los planes de previsión asegurados (PPA). Pero también los planes de pensiones de empleo (PPE), planes de previsión social empresarial (PPSE) y mutualidades de previsión social.    ¿Cuánto es el máximo que desgrava un plan de pensiones?  Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 incluyen cuánto es el máximo que desgrava un plan de pensiones.  Quedando del siguiente modo:  El límite máximo de deducción para planes de pensiones individuales queda establecido en la menor de las dos siguientes opciones:  500 euros anuales 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y/o de las actividades económicas percibidas individualmente durante el año.  Si las aportaciones provienen de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo plan empresarial, la cantidad máxima a desgravar es de 8.500. Por tanto, el total a deducir serán los 8.500 euros del plan empresarial más los 1.500 euros del plan individual, pudiendo llegar a un máximo de 10.000 euros anuales.  Si las aportaciones se realizan a planes de pensiones de los que el titular sea el cónyuge, y éste no perciba rendimientos netos del trabajo ni de ningún tipo de actividad económica, o bien la cuantía que obtenga sea inferior a 8.000 euros anuales, el límite a desgravar será de 1.000 euros anuales.  Cuando los planes de pensiones están constituidos a favor de personas discapacitadas o minusválidas, debidamente solicitado, documentado y demostrado, la deducción máxima continúa siendo, como en el ejercicio anterior, de 24.250 euros anuales.  Pese a que hasta el segundo trimestre del año 2022 no se prevé la aprobación de la regulación para la deducción de los trabajadores autónomos, el anteproyecto de ley pretende regular que, para los nuevos Planes de Pensiones de Empleo Simplificados, los autónomos puedan contar un límite de 4.250 euros anuales. Dicha cantidad podrá sumarse a los 1.500 euros máximo que se desgrava en un plan de pensiones individual, por lo que el total a deducir será el menor de:  750 euros anuales El 30% de los rendimientos netos de trabajo y otras actividades económicas generadas durante el ejercicio. Leer más

¿Cuándo se puede rescatar un plan de ahorro y pensiones?

Un plan de ahorro y pensiones es un producto financiero diseñado para crear un ahorro a largo plazo vinculado a un seguro hasta que, llegada la jubilación, se pueda recuperar todo el capital para contar con un complemento económico que se sume a la pensión percibida. Pese a que está pensado para poder recuperar el dinero en el momento de la jubilación, también existen otras posibilidades para poder rescatar el plan de pensiones sin tener que esperar ese plazo, es decir, contar con ese dinero ahorrado para las necesidades que se puedan suceder a lo largo de ciertas situaciones de la vida.   ¿Cómo se puede rescatar un plan de pensiones? Existen diferentes formas de rescate para el plan de pensiones: Solicitar el cobro total del dinero acumulado de una sola vez en forma de capital. Recuperar el dinero ahorrado en forma de rescate parcial, es decir, en formato de renta y estableciendo la cantidad y la periodicidad, ya sea mensual, trimestral, semestral o anual. También se puede optar a la opción mixta, que consiste en una combinación de las dos opciones anteriores. Por último, se puede recuperar en formato de renta vitalicia, en la que se irá percibiendo el dinero ahorrado, hasta que se agote, en una cantidad prefijada.   ¿Se puede recuperar antes de tiempo?  Existen diferentes opciones para poder rescatar el plan de pensiones antes del plazo previsto. Pero, además, y desde la última modificación del Real Decreto 62/2018, es posible rescatar el plan de jubilación antes de tiempo siempre y cuando se cumplan una serie de circunstancias especiales. Estas son: Gran Invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total que afecte al partícipe Fallecimiento del partícipe Dependencia Severa o Gran Dependencia, si el partícipe es declarado dependiente Existen otros supuestos reconocidos por la legislación en los que se puede rescatar el plan de pensiones, por la gravedad de la situación: Enfermedad grave con duración superior a 3 meses que incapacite para el desarrollo de la actividad laboral Permanecer en situación de desempleo no voluntario, correctamente dado de alta en el SEPE como demandante de empleo y no estar percibiendo ninguna prestación contributiva. A partir del año 2025, y si el plan tiene más de 10 años de antigüedad, se podrán rescatar todas aquellas aportaciones anteriores a esa fecha y sus rendimientos.   Fiscalidad del rescate del plan de pensiones   Los planes de pensiones tienen muchas ventajas fiscales a lo largo de toda su vida pero, en el momento de rescatar estos planes de jubilación, hay que tener en cuenta cuál es su fiscalidad, porque además, los abonos son considerados como rendimientos de trabajo y aumentan la base imponible del IRPF, lo que supondrá un aumento en el pago de los impuestos. Los tramos para el IRPF son:  - 0 a 12.450 € = 19 % - 12.451 € a 20.200 € = 24 % - 20.201 € a 35.200 € = 30 % - 35.201 € a 60.000 € = 37 % - 60.001 € a 300.000 € = 45% - Más de 300.000 € = 47%   Documentación para rescatar el plan de pensiones por jubilación  Para llevar a cabo el rescate del plan de pensiones por jubilación, la entidad bancaria solicitará la siguiente documentación para poder tramitarlo:  Fotocopia del DNI Formulario, debidamente cumplimentado, en el que se solicita el rescate Presentación del modelo 145 de retenciones sobre rendimientos del trabajo Documento oficial expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en el que se acredita la situación de jubilación. Ya sea anticipada, parcial o total.  Una vez entregada toda la documentación, en un plazo máximo de 15 días hábiles el interesado recibirá el reconocimiento para poder rescatar el plan de pensiones.Leer más

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