¿Cuál es el plazo para reclamar el seguro de vida?

El plazo para reclamar un seguro de vida es de, como máximo, cinco años desde el momento del fallecimiento, debido a que los beneficiarios no siempre son conocedores de que el asegurado tenía vigente un seguro de vida. Por ello, aunque según el artículo 16 de la Ley 50/1980, del 8 de octubre, de Contrato de Seguros, la comunicación de cualquier tipo de siniestro debe hacerse en un plazo de siete días tras su conocimiento, en los seguros de vida se puede extender.  

Plazo máximo para reclamar un seguro de vida 

El seguro de vida tiene, como máximo, un plazo de cinco años para poder reclamarse desde el momento en el que ocurre el fallecimiento.  

Si bien según la ley un siniestro que suceda en cualquier tipo de seguro, ya sea de hogar, coche, etc., debe comunicarse en un plazo máximo de siete días, en el caso de los seguros de vida el tiempo aumenta debido a diversos factores que hacen que sea imposible reclamarlo en ese plazo y, por ello, se extiende hasta los cinco años.  

Uno de los supuestos más habituales es que los beneficiarios no tienen por qué ser conocedores de que existe ninguna póliza de vida vigente y, también, que no sepan que son ellos los beneficiarios. 

 

¿Qué hacer para saber si eres beneficiario de un seguro de vida? 

Para poder cumplir con el plazo de reclamación de un seguro de vida, lo primero que hay que hacer es verificar si la persona fallecida tenía contratada alguna póliza de vida y, en caso de ser así, confirmar quiénes son las personas beneficiarias. 

Para poder saberlo, hay que solicitar de forma oficial el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Este certificado depende del Ministerio de Justicia y hay que tramitarlo presentando el modelo 790 a través del correo ordinario, por internet, o de forma presencial en alguna de las sedes de Gerencia Territorial del propio Ministerio.  

El certificado puede solicitarse pasados los 15 días naturales desde la fecha del documento y en él aparecen acreditados todos los contratos de seguros de vida vigentes y el nombre de las compañías a los que pertenecen.  

Una vez se tenga el certificado, las personas interesadas deberán ponerse en contacto con las aseguradoras correspondientes para poder saber quiénes son los beneficiarios de las pólizas. 

 

Dolo, mala fe y culpa grave 

El plazo para reclamar un seguro de vida puede extenderse en hasta cinco años siempre y cuando no exista dolo, mala fe o culpa grave. Es decir, siempre y cuando la reclamación no se haya aplazado consciente e intencionadamente con el objetivo de provocar daños o perjuicios a terceros. 

Si se demostrara que la reclamación no se hizo en el tiempo establecido, o en un plazo de tiempo aceptable, de forma intencionada, la compañía aseguradora está respaldada legalmente para tomar las acciones que considere oportunas.   

 

¿Cuánto tiempo se tarda en cobrar un seguro de vida? 

Una vez se ha cumplido con el plazo para reclamar un seguro de vida, el tiempo que se tarda para cobrar la indemnización pertinente es de 40 días desde el momento en el que se notifique el suceso a la compañía aseguradora. Para ello, es necesario presentar, por norma general, la siguiente documentación, aunque la aseguradora puede también puede solicitar otra documentación complementaria: 

  • Certificado de defunción 
  • El número de póliza de vida 
  • El documento de identidad de la persona asegurada 
  • Certificado de Últimas Voluntades  
  • Copia del último testamento si lo hubiera 
  • En el caso de que la reclamación la hiciera el cónyuge, certificado matrimonial 
  • Documento de identidad del o los beneficiarios del seguro de vida 
  • En el caso de fallecimiento por accidente, es probable que la compañía aseguradora solicite, también, las diligencias judiciales, el atestado u otros informes como la autopsia. 

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