| |
| ASEGURADOR: |
| La persona jurídica (AEGON) que asume el riesgo contractualmente pactado. |
| |
| ASEGURADO: |
| La persona sobre la que se establece el seguro y que figura nominativamente designada como tal en las condiciones particulares del contrato. |
| |
| TOMADOR DEL SEGURO: |
| La persona física o jurídica que suscribe el contrato con el asegurador y a la que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deben ser cumplidas por el asegurado.. |
| |
| BENEFICIARIOS: |
| Personas físicas o jurídicas designadas como titulares del derecho a percibir las indemnizaciones garantizadas en el contrato. |
| |
| CAPITAL ASEGURADO POR GARANTÍA: |
| Es la cantidad que AEGON debe pagar por cada una de las garantías cubiertas en la póliza. Los límites de indemnización figuran en las condiciones especiales de la póliza. |
| |
| EDAD DEL ASEGURADO: |
| Es la del cumpleaños más próximo a la fecha de efecto o prórroga anual de la póliza. |
| |
| FECHA DE LA PÓLIZA: |
| Es la fecha en que la cobertura de esta póliza entra en vigor y la fecha a partir de la cual se determinan los aniversarios de la póliza. También puede denominarse fecha de efecto. |
| |
| LÍMITE ASEGURADO ANUAL: |
| Es el límite máximo de indemnización que AEGON debe pagar por asegurado y año por todos los conceptos garantizados y que figura en las condiciones especiales de la póliza. |
| |
| FRANQUICIA: |
| La cantidad expresamente pactada que se deducirá de la indemnización que corresponda en aplicación del contenido de la póliza. |
| |
| PAGO DE LA PRIMA: |
| Las primas son anuales, aunque se permite su fraccionamiento: mensual, trimestral o semestral. Pueden ser constantes o crecientes, pero si su duración anual, es anual renovable varían todos los años en función por la edad alcanzada por el asegurado. |
| |
| PÓLIZA: |
| Documento que contiene las condiciones reguladoras del seguro. Forman parte integrante de la póliza: la solicitud de seguro, el cuestionario de salud, las condiciones generales, especiales si las hubiera y particulares que individualizan el riesgo así como los suplementos o apéndices que se incorporen a la misma modificando o completando su contenido. |
| |
| PRIMA: |
| Es el precio del seguro. El recibo contendrá además, los recargos e impuestos repercutibles que sean legalmente aplicables. |
| |
| PLAZO DE CARENCIA: |
| Es el tiempo en el que, vigente el seguro, si se produce un siniestro no será indemnizado. |
| |
| SINIESTRO: |
| Todo hecho cuyas consecuencias estén garantizadas por alguna de las modalidades objeto del seguro. |
| |
| |